Artículo 362 del Código Penal Explicado

Artículo 362 del Código Penal Explicado

1. Será castigado con una pena de prisión de seis meses a cuatro años, multa de seis a dieciocho meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de uno a tres años, el que elabore o produzca,

a) un medicamento, incluidos los de uso humano y veterinario, así como los medicamentos en investigación; o una sustancia activa o un excipiente de dicho medicamento;

b) un producto sanitario, así como los accesorios, elementos o materiales que sean esenciales para su integridad;

de modo que se presente engañosamente: su identidad, incluidos, en su caso, el envase y etiquetado, la fecha de caducidad, el nombre o composición de cualquiera de sus componentes, o, en su caso, la dosificación de los mismos; su origen, incluidos el fabricante, el país de fabricación, el país de origen y el titular de la autorización de comercialización o de los documentos de conformidad; datos relativos al cumplimiento de requisitos o exigencias legales, licencias, documentos de conformidad o autorizaciones; o su historial, incluidos los registros y documentos relativos a los canales de distribución empleados, siempre que estuvieran destinados al consumo público o al uso por terceras personas, y generen un riesgo para la vida o la salud de las personas.

2. Las mismas penas se impondrán a quien altere, al fabricarlo o elaborarlo o en un momento posterior, la cantidad, la dosis, la caducidad o la composición genuina, según lo autorizado o declarado, de cualquiera de los medicamentos, sustancias, excipientes, productos sanitarios, accesorios, elementos o materiales mencionados en el apartado anterior, de un modo que reduzca su seguridad, eficacia o calidad, generando un riesgo para la vida o la salud de las personas.

Art. 362 CP

¿Qué nos indica el Artículo 362 del Código Penal?

El Artículo 362 del Código Penal establece las penas aplicables a aquellas personas que elaboren, produzcan o adulteren medicamentos, sustancias activas o excipientes de medicamentos, así como productos sanitarios y sus accesorios, elementos o materiales. El objetivo de este artículo es proteger la salud y seguridad de las personas, evitando la comercialización de productos engañosos que puedan generar riesgos en su vida o salud.

El Artículo 362 del Código Penal: explicación sencilla

El artículo señala que cualquier persona que fabrique o produzca medicamentos, sustancias activas o excipientes de medicamentos, productos sanitarios o sus accesorios, y presente engañosamente información relacionada con la identidad del producto (como envase, etiquetado, fecha de caducidad, nombre o composición), origen del producto (fabricante, país de fabricación, país de origen y titular de la autorización de comercialización), datos sobre el cumplimiento de requisitos legales o su historial de distribución, y que esto represente un riesgo para la vida o salud de las personas, será castigado con una pena de prisión de seis meses a cuatro años, multa de seis a dieciocho meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de uno a tres años.

Además, el artículo también establece que las mismas penas se aplicarán a aquellos que alteren, tanto en el proceso de fabricación como posteriormente, la cantidad, dosis, caducidad o composición genuina de los medicamentos, sustancias, excipientes, productos sanitarios, accesorios, elementos o materiales mencionados anteriormente, de manera que se reduzca su seguridad, eficacia o calidad, y generando un riesgo para la vida o salud de las personas.

Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 362 del Código Penal busca sancionar y prevenir la fabricación, producción y adulteración de productos relacionados con la salud que puedan representar un peligro para el bienestar de las personas. Se establecen diversas sanciones penales, económicas y de inhabilitación que buscan proteger la vida y salud de los ciudadanos, desalentando la comercialización de productos engañosos o de calidad inferior. Es importante destacar que este artículo aplica tanto a los medicamentos destinados para uso humano como veterinario, así como a los productos sanitarios.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 362 del Código Penal?

Cuando una persona elabora o produce medicamentos, sustancias activas o excipientes de medicamentos, productos sanitarios, accesorios o elementos esenciales para su integridad, y presenta información engañosa sobre la identidad, origen, cumplimiento de requisitos legales o historial de distribución de estos productos, generando un riesgo para la vida o salud de las personas, estaría infringiendo el Artículo 362 del Código Penal.

Además, también se aplicaría este artículo cuando alguien altera la cantidad, dosis, caducidad o composición genuina de los medicamentos, sustancias, excipientes, productos sanitarios, accesorios o elementos mencionados anteriormente, de forma que se reduzca su seguridad, eficacia o calidad, y se genere un riesgo para la vida o salud de las personas.

Es importante entender que este artículo busca proteger a la población de la comercialización de productos relacionados con la salud que puedan representar un peligro para su vida o bienestar. Se busca garantizar que los productos médicos y sanitarios cumplan con los estándares de calidad y seguridad establecidos, evitando así posibles consecuencias nocivas para la salud de los consumidores.

Por lo tanto, cualquier persona que infrinja este artículo estará sujeta a las penas correspondientes, que incluyen prisión, multas y inhabilitación para ejercer ciertas profesiones u oficios durante un periodo de tiempo determinado. Este tipo de conductas son consideradas graves, ya que ponen en riesgo la vida y salud de las personas y van en contra de las normas y regulaciones establecidas para garantizar la seguridad en el ámbito de la salud.

Ejemplos de aplicación del Artículo 362 del Código Penal

  • Falsificación de medicamentos: Un individuo fabrica pastillas para aliviar el dolor, pero falsifica la fecha de caducidad y la dosificación en el envase, poniendo en riesgo la vida de quienes las consuman.
  • Adulteración de sustancias activas: Una empresa produce un jarabe para la tos y añade una sustancia activa no autorizada en la composición, lo que puede generar efectos adversos en la salud de los consumidores.
  • Alteración de productos sanitarios: Un fabricante de mascarillas manipula la cantidad de material filtrante en el producto, disminuyendo su eficacia y comprometiendo la protección de quienes las utilizan.
  • Fabricación fraudulenta de accesorios médicos: Una compañía elabora un tensiómetro con componentes de baja calidad, alterando su funcionamiento real y poniendo en riesgo la salud de los pacientes que lo utilizan.
  • Engaño en la información de un medicamento: Un laboratorio oculta la presencia de un componente alérgeno en un fármaco, lo cual puede causar reacciones adversas en personas sensibles a esa sustancia.

Estos son solo algunos ejemplos prácticos de situaciones en las cuales se podría aplicar el Artículo 362 del Código Penal. Es importante entender que la ley busca proteger a los ciudadanos de prácticas fraudulentas que pongan en peligro su salud, por lo que es fundamental respetar las normativas relacionadas con la fabricación y comercialización de productos relacionados con la salud y el bienestar de las personas.

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