Artículo 382 bis del Código Penal Explicado

Artículo 382 bis del Código Penal Explicado

1. El conductor de un vehículo a motor o de un ciclomotor que, fuera de los casos contemplados en el artículo 195, voluntariamente y sin que concurra riesgo propio o de terceros, abandone el lugar de los hechos tras causar un accidente en el que fallecieren una o varias personas o en el que se les causare alguna de las lesiones a que se refieren los artículos 147.1, 149 y 150, será castigado como autor de un delito de abandono del lugar del accidente.

2. Los hechos contemplados en este artículo que tuvieran su origen en una acción imprudente del conductor, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años.

3. Si el origen de los hechos que dan lugar al abandono fuera fortuito le corresponderá una pena de tres a seis meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis meses a dos años.

Art. 382 bis CP

¿Qué nos indica el Artículo 382 bis del Código Penal?

El Artículo 382 bis del Código Penal trata sobre la responsabilidad penal que recae sobre el conductor de un vehículo a motor o de un ciclomotor que, de forma voluntaria y sin que exista un riesgo propio o de terceros, abandone el lugar de un accidente que haya causado fallecimiento o lesiones graves a una o varias personas.

Este artículo tiene como objetivo sancionar el abandono del lugar del accidente por parte del conductor, independientemente de las causas que lo hayan originado. Es importante destacar que este artículo se aplica cuando el accidente no está contemplado en el artículo 195 del Código Penal, que hace referencia a los casos de atropello de animales en vías públicas.

El Artículo 382 bis del Código Penal: explicación sencilla

En pocas palabras, el artículo establece que cualquier persona que conduzca un vehículo y cause un accidente en el que fallezcan personas o se lesiones gravemente, no puede abandonar el lugar del accidente de forma voluntaria y sin que exista un riesgo propio o de terceros. En caso de hacerlo, se le considerará autor de un delito de abandono del lugar del accidente.

Explicación detallada

Este artículo se divide en tres puntos fundamentales que establecen las diferentes circunstancias y penas para el delito de abandono del lugar del accidente:

1. Responsabilidad penal: El conductor de un vehículo debe asumir la responsabilidad penal por el abandono del lugar del accidente en el que haya causado fallecimiento o lesiones graves a una o varias personas. Es importante destacar que este delito solo se aplica cuando el accidente no está contemplado en el artículo 195 del Código Penal.

2. Acciones imprudentes: Si el abandono del lugar del accidente tiene su origen en una acción imprudente del conductor, se le impondrá una pena de prisión de seis meses a cuatro años, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años. Esto implica que si el conductor fue imprudente y luego decide abandonar el lugar del accidente, la pena será más grave.

3. Origen fortuito: En caso de que el abandono del lugar del accidente sea fortuito, es decir, no tenga su origen en una acción imprudente del conductor, la pena será menos grave. En este caso, se le impondrá una pena de tres a seis meses de prisión y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis meses a dos años.

Para tenerlo claro y a modo de conclusión, el Artículo 382 bis del Código Penal establece las penas para aquellos conductores que abandonen el lugar del accidente que hayan causado, de forma voluntaria y sin existir un riesgo propio o de terceros, fallecimiento o lesiones graves a una o varias personas. Es importante destacar que, en cualquier caso, el abandono del lugar del accidente es considerado un delito y conlleva penas de prisión y la privación del derecho a conducir.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 382 bis del Código Penal?

El Artículo 382 bis del Código Penal se aplicaría a aquel conductor de un vehículo a motor o ciclomotor que, de manera voluntaria y sin existir un riesgo propio o de terceros, decida abandonar el lugar de un accidente en el que haya causado fallecimiento o lesiones graves a una o varias personas. Es importante resaltar que esta ley no contempla casos de atropello de animales en vías públicas, los cuales están regulados en el artículo 195 del Código Penal.

Para que se aplique este artículo, es necesario que el conductor haya causado el accidente y luego tome la decisión de abandonar la escena del mismo. En caso de que el abandono del lugar del accidente haya sido provocado por una acción imprudente del conductor, la pena será más grave, con prisión de seis meses a cuatro años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años.

Por otro lado, si el abandono del lugar del accidente se produce de forma fortuita, es decir, sin intención y no como consecuencia de una acción imprudente, la pena será menor, con prisión de tres a seis meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis meses a dos años.

Ejemplos de aplicación del Artículo 382 bis del Código Penal

  • 1. Accidente con fallecimiento: Imagina que un conductor atropella a un peatón y este fallece a causa del impacto. Si el conductor decide abandonar el lugar del accidente sin prestar auxilio a la víctima o alertar a las autoridades, estaría cometiendo un delito de abandono del lugar del accidente según el Artículo 382 bis del Código Penal. En este caso, se le impondrían las penas correspondientes por su acción.
  • 2. Lesiones graves: Supongamos que un conductor colisiona con otro vehículo y como consecuencia del accidente, los ocupantes del otro vehículo sufren lesiones graves que requieren atención médica urgente. Si el conductor responsable decide marcharse del lugar del accidente sin prestar ayuda a los heridos, estaría incurriendo en un delito de abandono del lugar del accidente, tal como se establece en el Artículo 382 bis del Código Penal.
  • 3. Choque con múltiples víctimas: En un escenario donde un conductor provoca un accidente múltiple con varios vehículos implicados y varios heridos, si decide darse a la fuga sin esperar a las autoridades, estaría infringiendo el Artículo 382 bis del Código Penal. Se le aplicarían las penas correspondientes por no cumplir con sus obligaciones tras un accidente de tráfico.
  • 4. Ausencia de riesgo propio o de terceros: Es importante destacar que para que se aplique el delito de abandono del lugar del accidente según el Artículo 382 bis del Código Penal, no debe existir un riesgo inminente propio o de terceras personas. El conductor no puede abandonar el lugar del accidente si hay peligro para él mismo o para otras personas, ya que esto podría agravar las consecuencias de su acción.
  • 5. Acción imprudente: En casos donde el conductor ha actuado de forma imprudente y causa un accidente con fallecimiento o lesiones graves, si decide abandonar el lugar del accidente sin cumplir con sus obligaciones legales, estará cometiendo un delito de abandono del lugar del accidente. En este contexto, se considerará la penalización establecida en el Artículo 382 bis del Código Penal.
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