1. Incurrirán en la pena de multa de doce a dieciocho meses los que calumnien, injurien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo, o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma.
El culpable de calumnias o injurias conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior quedará exento de pena si se dan las circunstancias previstas, respectivamente, en los artículos 207 y 210 de este Código.
Se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años a los que empleen fuerza, violencia o intimidación para impedir a los miembros de dichos Organismos asistir a sus respectivas reuniones.
2. Los que injuriaren o amenazaren gravemente a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, serán castigados con la pena de multa de doce a dieciocho meses.
El culpable de las injurias previstas en el párrafo anterior quedará exento de pena si se dan las circunstancias descritas en el artículo 210 de este Código.
Art. 504 CP
¿Qué nos indica el Artículo 504 del Código Penal?
El Artículo 504 del Código Penal de España establece las penas aplicables a aquellos que calumnien, injurien o amenacen gravemente a determinadas instituciones y organismos del Estado. Estas instituciones incluyen al Gobierno de la Nación, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Consejo de Gobierno y el Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma. También se aplica a aquellos que injurien o amenacen gravemente a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
El Artículo 504 del Código Penal: explicación sencilla
En términos sencillos, el Artículo 504 del Código Penal establece que aquellos que difamen, insulten o amenacen gravemente a determinadas instituciones del Estado o a los Ejércitos y Fuerzas de Seguridad serán castigados con una multa de doce a dieciocho meses. Además, se considera delito el uso de fuerza, violencia o intimidación para impedir a los miembros de estos organismos asistir a sus respectivas reuniones, y se castiga con una pena de prisión de tres a cinco años.
Ahora, vamos a analizar cada palabra importante y el mensaje general del artículo:
Calumnien: Hace referencia a la acción de difamar o realizar acusaciones falsas contra alguien. En este caso, el artículo sanciona a aquellos que calumnien a las instituciones mencionadas.
Injurien: Significa insultar o agraviar a alguien mediante palabras o actos. En el contexto del artículo, se castiga a quienes injurien a las instituciones indicadas.
Amenacen gravemente: Se refiere a las amenazas que representan un peligro significativo para la integridad o estabilidad de las instituciones u organismos mencionados.
Gobierno de la Nación: Se refiere al Gobierno central de España, que ejerce el poder ejecutivo.
Consejo General del Poder Judicial: Es el órgano de gobierno de los jueces y magistrados en España.
Tribunal Constitucional: Es el tribunal encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y resolver los conflictos de competencia entre los poderes del Estado.
Tribunal Supremo: Es el tribunal de mayor jerarquía en el sistema judicial español y tiene jurisdicción en todo el territorio nacional.
Consejo de Gobierno: Hace referencia al órgano de gobierno de una Comunidad Autónoma, responsable de la toma de decisiones políticas y administrativas a nivel regional.
Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma: Es el tribunal de mayor jerarquía en una Comunidad Autónoma y tiene competencias en la administración de justicia dentro de su territorio.
El artículo también hace referencia a las circunstancias en las que el insulto o difamación no se consideraría delito, siempre y cuando se apliquen las condiciones establecidas en los artículos 207 y 210 del Código Penal.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 504 del Código Penal de España establece la pena de multa para aquellos que calumnien, injurien o amenacen gravemente a determinadas instituciones y organismos del Estado, así como a los Ejércitos y Fuerzas de Seguridad. También sanciona con pena de prisión el uso de fuerza, violencia o intimidación para obstaculizar la asistencia de los miembros de estos organismos a sus reuniones.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 504 del Código Penal?
El Artículo 504 del Código Penal se aplica en casos en los que se calumnie, injurie o amenace gravemente a ciertas instituciones del Estado o a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
Calumnien se refiere a la difamación o acusaciones falsas contra estas instituciones.
Injurien implica insultar o agraviar a las mismas mediante palabras o actos.
Amenacen gravemente se refiere a amenazas que representen un peligro significativo para su integridad o estabilidad.
El Gobierno de la Nación es el ejecutivo central de España; el Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno de los jueces; el Tribunal Constitucional garantiza la supremacía constitucional; el Tribunal Supremo tiene jurisdicción nacional; el Consejo de Gobierno es de una Comunidad Autónoma; y el Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma tiene competencias regionales.
En caso de insulto o difamación, las condiciones de los artículos 207 y 210 podrían eximir al culpable de pena. Además, el uso de fuerza, violencia o intimidación para obstaculizar la asistencia a reuniones de estos organismos puede llevar a penas de prisión.
Ejemplos de aplicación del Artículo 504 del Código Penal
- Ejemplo 1: Un individuo publica en redes sociales acusaciones falsas contra el Gobierno de la Nación, difamando sus acciones. Esta conducta podría ser sancionada de acuerdo con el Artículo 504 del Código Penal.
- Ejemplo 2: Un grupo de personas realiza insultos graves contra el Tribunal Supremo durante una manifestación, afectando su integridad y funcionamiento. Estas injurias podrían ser castigadas conforme a lo establecido en el artículo mencionado.
- Ejemplo 3: Un individuo amenaza de manera grave al Consejo General del Poder Judicial con acciones violentas si no toman ciertas decisiones. Esta conducta de amenaza podría ser sancionada de acuerdo con el Artículo 504.
- Ejemplo 4: Un grupo de manifestantes impide físicamente la entrada de los miembros del Tribunal Constitucional a su lugar de reunión, utilizando violencia para obstaculizar su labor. Esta acción podría ser penalizada con prisión según lo establecido en el mencionado artículo.
- Ejemplo 5: Un individuo emite insultos graves y amenazas contra las Fuerzas de Seguridad durante un altercado callejero. Estas injurias podrían ser castigadas con una multa de acuerdo con el Artículo 504 del Código Penal.
Es importante entender que las acciones que afecten la integridad y funcionamiento de estas instituciones y organismos del Estado pueden ser sancionadas de acuerdo con el Artículo 504 del Código Penal de España. Es fundamental respetar la ley y evitar incumplirla para evitar consecuencias legales.