Artículo 486 del Código Penal Explicado

Artículo 486 del Código Penal Explicado

1. El que causare al Rey, a la Reina o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o a la Princesa de Asturias, lesiones de las previstas en el artículo 149, será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años.

Si se tratara de alguna de las lesiones previstas en el artículo 150, se castigará con la pena de prisión de ocho a quince años.

2. El que les causare cualquier otra lesión, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.

Art. 486 CP

¿Qué nos indica el Artículo 486 del Código Penal?

El Artículo 486 del Código Penal establece las consecuencias penales para aquellos que causen lesiones a miembros de la familia real española, así como a sus consortes y descendientes. El objetivo de este artículo es proteger la integridad física de las figuras más importantes de la monarquía y garantizar su seguridad.

Para entender en detalle este artículo, es necesario analizar cada palabra clave y su significado en el contexto legal:

- Rey, Reina, ascendientes y descendientes: Se refiere al monarca actual de España, a su consorte, padres, hijos y otros familiares cercanos que tienen algún grado de parentesco directo con el monarca.

- Reina consorte y consorte de la Reina: Hace referencia a la mujer casada con el Rey o la mujer casada con la Reina, respectivamente. Es importante destacar que estos roles pueden ser ocupados por personas de género masculino o femenino, dependiendo del monarca en turno.

- Regente: Se refiere a la persona que, debido a alguna circunstancia, asume la posición de representación de la Corona en ausencia o incapacidad del monarca titular.

- Príncipe y Princesa de Asturias: Estos títulos hacen referencia al heredero o heredera al trono de España.

A partir de estas definiciones, el artículo establece diferentes penas dependiendo del tipo de lesión causada:

El Artículo 486 del Código Penal: explicación sencilla

El Artículo 486 del Código Penal de España establece las penas para aquellos que causen lesiones a miembros de la familia real española o a sus consortes y descendientes. Este artículo tiene como objetivo garantizar la seguridad y protección de los miembros más importantes de la monarquía.

En términos más sencillos, el artículo establece que si alguien causa lesiones graves a miembros de la realeza, como el Rey, la Reina, ascendientes o descendientes, Reina consorte o consorte de la Reina, Regente o miembro de la Regencia, Príncipe o Princesa de Asturias, será castigado con una pena de prisión de quince a veinte años. Esta pena se aplica cuando las lesiones son consideradas graves según lo establecido en el artículo 149 del Código Penal.

Si las lesiones causadas son de una gravedad menor, el castigo será de ocho a quince años de prisión, siguiendo lo establecido en el artículo 150 del Código Penal.

Para aquellos que causen cualquier otra forma de lesión que no se clasifique como grave, la pena será de cuatro a ocho años de prisión.

Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el artículo busca proteger a los miembros de la familia real de cualquier daño físico y establece penas severas para aquellos que atenten contra su integridad. Es importante destacar que estas penas son aplicables únicamente a acciones que causen lesiones físicas y no incluyen otros tipos de delitos o conductas delictivas.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 486 del Código Penal?

El Artículo 486 del Código Penal se aplica en casos específicos en los que se causen lesiones a miembros de la familia real española, así como a sus consortes y descendientes. Para entender cuándo exactamente se aplicaría este artículo, es fundamental tener claridad sobre las distintas figuras mencionadas en el texto legal y el tipo de lesiones que se consideran.

  • Rey, Reina, ascendientes y descendientes: Se refiere a la persona que ocupa el trono de España, su cónyuge, padres, hijos y otros familiares cercanos con parentesco directo.
  • Reina consorte y consorte de la Reina: Son las personas casadas con el Rey o la Reina en turno.
  • Regente: Aquel que asume la representación de la Corona en ausencia o incapacidad del monarca.
  • Príncipe y Princesa de Asturias: Los herederos al trono de España.

En cuanto a las lesiones, el artículo distingue entre lesiones graves y lesiones de menor gravedad. Si las lesiones son consideradas graves según lo establecido en el artículo 149 del Código Penal, el castigo oscilará entre quince y veinte años de prisión. Por otro lado, si las lesiones causadas son menos severas pero aún consideradas delito, la pena será de ocho a quince años de prisión.

Ejemplos de aplicación del Artículo 486 del Código Penal

  • 1. Caso de agresión al Rey actual: Si una persona atenta contra la integridad física del Rey de España, causándole lesiones graves, podría ser condenada a una pena de prisión de quince a veinte años, según lo establecido en el artículo 486 del Código Penal. Es importante destacar que esta pena se aplica únicamente en casos de lesiones graves.
  • 2. Agresión a la Reina consorte: En el caso de que alguien causara daños físicos a la consorte del Rey, la Reina consorte, la pena también sería de quince a veinte años de prisión, según lo indicado en el artículo 486. Esta protección se extiende a los consortes de los miembros de la familia real.
  • 3. Lesiones a ascendientes o descendientes del monarca: Si una persona causa lesiones graves a los padres, hijos u otros familiares directos del Rey o de la Reina, también sería castigada con una pena de prisión de quince a veinte años, de acuerdo con el artículo 486 del Código Penal.
  • 4. Agresión al Príncipe o a la Princesa de Asturias: En el caso de que el heredero o heredera al trono de España sufriera algún tipo de lesión grave, el agresor también sería penalizado con una pena de prisión de quince a veinte años, siguiendo lo establecido en el artículo 486.
  • 5. Lesiones a miembros de la Regencia: Si alguien causara daño físico a algún miembro de la Regencia, ya sea al Regente o a cualquier otro integrante, la pena sería de quince a veinte años de prisión, conforme al artículo 486 del Código Penal.

Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el Artículo 486 del Código Penal podría ser aplicado para proteger la integridad física de los miembros de la familia real española. Es importante tener en cuenta que esta normativa busca garantizar la seguridad de las figuras más importantes de la monarquía y establece penas severas para quienes atenten contra su integridad. La ley es clara en cuanto a la protección de la realeza y las consecuencias para quienes infrinjan dicha protección.

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