Artículo 87 del Código Penal Explicado

Artículo 87 del Código Penal Explicado

1. Transcurrido el plazo de suspensión fijado sin haber cometido el sujeto un delito que ponga de manifiesto que la expectativa en la que se fundaba la decisión de suspensión adoptada ya no puede ser mantenida, y cumplidas de forma suficiente las reglas de conducta fijadas por el juez o tribunal, éste acordará la remisión de la pena.

2. No obstante, para acordar la remisión de la pena que hubiera sido suspendida conforme al apartado 5 del artículo 80, deberá acreditarse la deshabituación del sujeto o la continuidad del tratamiento. De lo contrario, el juez o tribunal ordenará su cumplimiento, salvo que, oídos los informes correspondientes, estime necesaria la continuación del tratamiento; en tal caso podrá conceder razonadamente una prórroga del plazo de suspensión por tiempo no superior a dos años.

Art. 87 CP

¿Qué nos indica el Artículo 87 del Código Penal?

El Artículo 87 del Código Penal establece las condiciones para la remisión de la pena en los casos en los que el sujeto ha cumplido satisfactoriamente las reglas de conducta y ha pasado el plazo de suspensión sin cometer un delito que demuestre que ya no se puede mantener la expectativa en la que se basó la decisión de suspender la pena.

El Artículo 87 del Código Penal: explicación sencilla

En términos simples, el Artículo 87 del Código Penal nos habla de la posibilidad de que una persona que ha tenido su pena suspendida pueda ser perdonada por completo de cumplir la pena impuesta si cumple con ciertas condiciones.

Transcurrido el plazo de suspensión fijado sin haber cometido el sujeto un delito que ponga de manifiesto que la expectativa en la que se fundaba la decisión de suspensión adoptada ya no puede ser mantenida, esto significa que si la persona no ha cometido un delito durante el periodo de suspensión de la pena y no ha hecho nada que ponga en duda la confianza en la que se basó la decisión de suspender su pena, entonces se podría considerar su remisión.

Y cumplidas de forma suficiente las reglas de conducta fijadas por el juez o tribunal, esto se refiere a que durante el periodo de suspensión de la pena, el sujeto ha cumplido de manera adecuada las reglas establecidas por el juez o tribunal. Estas reglas pueden incluir el cumplimiento de un tratamiento, pagar una multa, asistir a programas de rehabilitación, entre otros.

En ese caso, éste acordará la remisión de la pena. Esto significa que el juez o tribunal decidirá perdonar por completo al sujeto y no será necesario cumplir con el resto de la pena impuesta.

No obstante, para acordar la remisión de la pena que hubiera sido suspendida conforme al apartado 5 del artículo 80, aquí se hace referencia a una situación específica en la que la pena fue suspendida según lo establecido en el apartado 5 del artículo 80. En este caso, se aplicarán condiciones adicionales para conceder la remisión de la pena.

deberá acreditarse la deshabituación del sujeto o la continuidad del tratamiento. De lo contrario, el juez o tribunal ordenará su cumplimiento, esto quiere decir que para acordar la remisión de la pena, el sujeto debe demostrar que ha dejado atrás sus malos hábitos o que ha continuado con el tratamiento establecido. Si no puede demostrarlo, entonces el juez o tribunal ordenará que cumpla con el resto de la pena.

Salvo que, oídos los informes correspondientes, estime necesaria la continuación del tratamiento; esto significa que el juez o tribunal puede decidir que la persona necesita seguir con el tratamiento, a pesar de no haber cumplido con las condiciones establecidas previamente. Esta decisión se basará en los informes presentados y en la consideración de que la continuación del tratamiento es necesaria para la rehabilitación del sujeto.

En tal caso podrá conceder razonadamente una prórroga del plazo de suspensión por tiempo no superior a dos años. Si se otorga una prórroga en el plazo de suspensión, esta no puede ser mayor a dos años y debe estar debidamente fundamentada por el juez o tribunal.

Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 87 del Código Penal establece las condiciones para la remisión de la pena en los casos en los que el sujeto ha cumplido las reglas de conducta y ha pasado el plazo de suspensión sin cometer un delito que ponga en duda la confianza en su rehabilitación. Si el sujeto cumple con estas condiciones, se puede conceder la remisión de la pena y no será necesario cumplir con el resto de la condena impuesta. Sin embargo, en ciertos casos, se podrían requerir condiciones adicionales o una prórroga en el plazo de suspensión.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 87 del Código Penal?

El Artículo 87 del Código Penal se aplica en situaciones en las que una persona ha tenido su pena suspendida y ha cumplido con todas las reglas de conducta establecidas por el juez o tribunal.
Este artículo establece que si el sujeto ha pasado el plazo de suspensión sin cometer ningún delito que ponga en duda su rehabilitación, entonces se puede considerar la remisión de la pena. Es decir, la persona podría ser perdonada por completo de cumplir con la pena impuesta.
Para que se conceda la remisión de la pena, el sujeto debe demostrar que ha dejado atrás sus malos hábitos o que ha continuado con el tratamiento indicado. Si no puede acreditarlo, el juez o tribunal ordenará que cumpla con el resto de la condena.
En casos específicos, como aquellos en los que se haya suspendido la pena según lo establecido en otro artículo del Código Penal, es posible que se requieran condiciones adicionales para otorgar la remisión de la pena. Esto podría incluir una prórroga en el plazo de suspensión, la cual no puede ser superior a dos años y debe estar fundamentada por el juez o tribunal.

Ejemplos reales de aplicación del Artículo 87 del Código Penal

1. Caso 1: Juan fue condenado a cumplir una pena de prisión, pero el juez decidió suspenderla bajo ciertas condiciones, como asistir a terapia y no cometer ningún delito durante un año. Después de cumplir con todas las condiciones, el juez decidió remitir por completo la pena de Juan.

2. Caso 2: María tenía su pena de cárcel suspendida a cambio de realizar trabajo comunitario y pagar una multa. Al cumplir con todas las condiciones impuestas, el juez le concedió la remisión de la pena.

3. Caso 3: Pedro fue condenado a prisión, pero logró demostrar que había superado su adicción a las drogas y había continuado con su tratamiento. El juez decidió remitir la pena de Pedro en base a su deshabituación.

4. Caso 4: Laura tenía su pena suspendida por dos años, pero no siguió las reglas de conducta establecidas por el tribunal. Por lo tanto, el juez ordenó que cumpliera con el resto de la pena impuesta.

5. Caso 5: Antonio demostró que continuaba con su tratamiento psicológico para controlar su agresividad, a pesar de no haber cumplido con todas las reglas establecidas. El juez decidió concederle una prórroga del plazo de suspensión.

Estos ejemplos muestran diferentes situaciones en las que el Artículo 87 del Código Penal puede ser aplicado. Es importante tener en cuenta que cada caso es único y que la remisión de la pena dependerá de la evaluación del juez o tribunal en base al cumplimiento de las condiciones establecidas. La deshabituación, la continuidad del tratamiento y el cumplimiento de las reglas de conducta son aspectos clave a considerar en estos casos.

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