A los efectos previstos en la sección 2.ª de este capítulo, se consideran reos habituales los que hubieren cometido tres o más delitos de los comprendidos en un mismo capítulo, en un plazo no superior a cinco años, y hayan sido condenados por ello.
Para realizar este cómputo se considerarán, por una parte, el momento de posible suspensión o sustitución de la pena conforme al artículo 88 y, por otra parte, la fecha de comisión de aquellos delitos que fundamenten la apreciación de la habitualidad.
Art. 94 CP
¿Qué nos indica el Artículo 94 del Código Penal?
El Artículo 94 del Código Penal establece el concepto de "reos habituales" y los criterios para determinar quiénes pueden ser considerados como tales. La sección 2ª del capítulo en el que se encuentra este artículo se refiere a la reincidencia delictiva, es decir, cuando una persona comete varios delitos en un lapso de tiempo determinado.
En este sentido, el artículo indica que se considerarán "reos habituales" a aquellas personas que hayan cometido tres o más delitos de los comprendidos en un mismo capítulo del Código Penal en un plazo no superior a cinco años, y que hayan sido condenadas por ello. Es importante destacar que los delitos deben pertenecer al mismo capítulo para que tengan validez en la aplicación de esta figura.
El Artículo 94 del Código Penal: explicación sencilla
En términos sencillos, el Artículo 94 del Código Penal establece que una persona puede ser considerada como "reo habitual" si cumple dos condiciones principales: primero, debe haber cometido tres o más delitos incluidos en un mismo capítulo del Código Penal; y segundo, estos delitos deben haber sido cometidos en un plazo de cinco años.
Es importante resaltar que, para ser considerado "reo habitual", es necesario que la persona haya sido condenada por los delitos que cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente. Esto implica que no basta con haber cometido los delitos, sino que también debe haber recibido una sentencia condenatoria.
En términos de tiempo, el cómputo para determinar la habitualidad se realiza considerando tanto el momento en que puede suspenderse o sustituirse la pena según lo dispuesto en el Artículo 88, como la fecha de comisión de los delitos que fundamenten la apreciación de la habitualidad.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 94 del Código Penal establece el criterio para considerar a una persona como "reo habitual", es decir, aquellos que han cometido varios delitos de un mismo capítulo en un periodo de tiempo determinado y han sido condenados por ello. Esta figura tiene implicaciones en la aplicación de la ley y puede tener consecuencias en la determinación de las penas.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 94 del Código Penal?
El Artículo 94 del Código Penal se aplica cuando una persona ha cometido tres o más delitos incluidos en un mismo capítulo del Código Penal en un periodo de tiempo no superior a cinco años, y ha sido condenada por ello. En este caso, se considera a esa persona como un "reo habitual".
Para determinar si se cumple con los criterios del Artículo 94, es importante tener en cuenta dos aspectos clave. En primer lugar, los delitos deben pertenecer al mismo capítulo del Código Penal. Esto significa que deben estar relacionados en términos legales y temáticos. En segundo lugar, los delitos deben haber sido cometidos dentro de un periodo de tiempo máximo de cinco años.
Es importante destacar que no basta con haber cometido los delitos, sino que también es necesario que haya una condena judicial por parte de un tribunal. Esto significa que la persona ha sido declarada culpable de los delitos en cuestión y ha recibido una sentencia condenatoria.
Para determinar la habitualidad de una persona, se toma en cuenta tanto el momento en que se puede suspender o sustituir la pena según lo dispuesto en el Artículo 88, como la fecha de comisión de los delitos que fundamenten la apreciación de la habitualidad. Esto ayuda a tener una visión completa de la situación y a aplicar la ley de manera justa y precisa.
Ejemplos de aplicación del Artículo 94 del Código Penal
- Robos: En el caso de una persona que ha sido condenada por robo con fuerza en tres o más ocasiones dentro de un periodo de cinco años, podría ser considerada como un "reo habitual", sujeto a las disposiciones del Artículo 94 del Código Penal.
- Estafas: Si una persona comete tres o más delitos de estafa en un lapso de cinco años y recibe condenas por ello, podría ser calificada como "reo habitual" según lo dispuesto en el artículo en cuestión.
- Lesiones: En el caso de que una persona haya sido condenada por lesiones graves en tres o más ocasiones en un plazo no superior a cinco años, podría ser considerada como un "reo habitual" conforme al Artículo 94 del Código Penal.
- Tráfico de drogas: Si una persona ha sido condenada por tráfico de drogas en tres o más ocasiones dentro de un periodo de cinco años, podría ser clasificada como un "reo habitual" según lo establecido en este artículo.
- Violencia de género: En el supuesto de que una persona haya sido condenada por delitos de violencia de género en tres o más ocasiones en un plazo no superior a cinco años, podría ser considerada como un "reo habitual" de acuerdo con el Artículo 94 del Código Penal.
Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el Artículo 94 del Código Penal podría ser aplicado. Es importante entender que esta figura tiene implicaciones significativas en la determinación de las penas y en el tratamiento de personas que reiteradamente incurren en la comisión de delitos. Es fundamental conocer y comprender la legislación vigente para asegurar una correcta aplicación de la ley y una justa administración de la justicia.