1. El juez o tribunal también podrá condicionar la suspensión de la ejecución de la pena al cumplimiento de alguna o algunas de las siguientes prestaciones o medidas:
1.ª El cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación.
2.ª El pago de una multa, cuya extensión determinarán el juez o tribunal en atención a las circunstancias del caso, que no podrá ser superior a la que resultase de aplicar dos cuotas de multa por cada día de prisión sobre un límite máximo de dos tercios de su duración.
3.ª La realización de trabajos en beneficio de la comunidad, especialmente cuando resulte adecuado como forma de reparación simbólica a la vista de las circunstancias del hecho y del autor. La duración de esta prestación de trabajos se determinará por el juez o tribunal en atención a las circunstancias del caso, sin que pueda exceder de la que resulte de computar un día de trabajos por cada día de prisión sobre un límite máximo de dos tercios de su duración.
2. Si se hubiera tratado de un delito cometido sobre la mujer por quien sea o haya sido su cónyuge, o por quien esté o haya estado ligado a ella por una relación similar de afectividad, aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, el pago de la multa a que se refiere la medida 2.ª del apartado anterior solamente podrá imponerse cuando conste acreditado que entre ellos no existen relaciones económicas derivadas de una relación conyugal, de convivencia o filiación, o de la existencia de una descendencia común.
Art. 84 CP
¿Qué nos indica el Artículo 84 del Código Penal?
El artículo 84 del Código Penal establece las condiciones que el juez o tribunal puede utilizar para suspender la ejecución de una pena. En otras palabras, define las medidas o prestaciones que una persona condenada puede tomar para evitar el cumplimiento de su pena de prisión.
El artículo se divide en dos apartados, el primero establece una lista de prestaciones o medidas que el juez o tribunal puede imponer como condición para suspender la ejecución de la pena. Estas prestaciones son las siguientes:
1.ª El cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación: Esto significa que si las partes en conflicto han llegado a un acuerdo a través de un proceso de mediación, el juez o tribunal puede requerir que el condenado cumpla con lo acordado como condición para suspender la pena.
2.ª El pago de una multa: El juez o tribunal puede imponer al condenado el pago de una multa como medida para suspender la pena. La extensión de esta multa será determinada por el juez o tribunal tomando en cuenta las circunstancias del caso. Sin embargo, la multa no puede ser superior al resultado de aplicar dos cuotas de multa por cada día de prisión, hasta un límite máximo de dos tercios de la duración total de la pena.
3.ª La realización de trabajos en beneficio de la comunidad: Esta medida implica que el condenado debe realizar trabajos en beneficio de la comunidad como forma de reparación simbólica por el delito cometido. La duración de estos trabajos será determinada por el juez o tribunal, pero no puede exceder la equivalencia de un día de trabajos por cada día de prisión, hasta un límite máximo de dos tercios de la duración total de la pena.
El segundo apartado del artículo establece una restricción adicional en el caso de delitos cometidos contra la mujer por parte de su cónyuge o expareja, o contra descendientes, ascendientes o hermanos. En estos casos, el pago de la multa solo se puede imponer si no existen relaciones económicas derivadas de una relación conyugal, de convivencia o filiación, o de la existencia de una descendencia común.
El Artículo 84 del Código Penal: explicación sencilla
El artículo 84 del Código Penal establece las condiciones que un juez o tribunal puede imponer a un condenado para suspender la ejecución de su pena de prisión. Estas condiciones pueden incluir el cumplimiento de un acuerdo de mediación, el pago de una multa o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.
La primera condición, el cumplimiento de un acuerdo de mediación, implica que si las partes involucradas en el conflicto han llegado a un acuerdo a través de un proceso de mediación, el condenado debe cumplir con lo acordado para evitar cumplir su pena de prisión.
La segunda condición, el pago de una multa, implica que el condenado debe pagar una cantidad de dinero determinada por el juez o tribunal. Esta multa no puede ser superior a dos cuotas de multa por cada día de prisión, hasta un límite máximo de dos tercios de la duración total de la pena.
La tercera condición, la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, implica que el condenado debe realizar tareas de servicio comunitario como una forma de reparación simbólica por el delito cometido. La duración de estos trabajos será determinada por el juez o tribunal, pero no puede exceder la equivalencia de un día de trabajos por cada día de prisión, hasta un límite máximo de dos tercios de la duración total de la pena.
En el caso de delitos cometidos contra la mujer por parte de su cónyuge o expareja, o contra descendientes, ascendientes o hermanos, se aplica una restricción adicional. El pago de la multa solo puede imponerse si no existen relaciones económicas derivadas de una relación conyugal, de convivencia o filiación, o de la existencia de una descendencia común.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el artículo 84 del Código Penal establece las condiciones que un condenado debe cumplir para suspender la ejecución de su pena de prisión. Estas condiciones incluyen el cumplimiento de un acuerdo de mediación, el pago de una multa y la realización de trabajos en beneficio de la comunidad. La restricción adicional se aplica en el caso de delitos cometidos contra la mujer o contra familiares cercanos.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 84 del Código Penal?
El Artículo 84 del Código Penal es una normativa legal que establece las condiciones que un juez o tribunal puede imponer a un condenado para suspender la ejecución de su pena de prisión. Es importante comprender cuándo y cómo se aplica este artículo para tener claridad sobre las opciones disponibles en el sistema judicial español.
En primer lugar, el artículo se activa cuando un individuo ha sido condenado por la comisión de un delito y el juez o tribunal considera que es posible suspender la ejecución de la pena. En estos casos, se pueden aplicar diversas medidas como condición para evitar el cumplimiento de la pena de prisión.
Una de las condiciones establecidas en el artículo es el cumplimiento de un acuerdo de mediación. Esto significa que si las partes involucradas en el conflicto han llegado a un acuerdo a través de un proceso de mediación, el condenado debe cumplir con lo acordado como condición para suspender la pena.
Otra medida que puede imponer el juez o tribunal es el pago de una multa. La cantidad de la multa será determinada teniendo en cuenta las circunstancias del caso, pero no puede ser superior a dos cuotas de multa por cada día de prisión, hasta un límite máximo de dos tercios de la duración total de la pena.
Además, el condenado puede ser requerido a realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Esta medida tiene como objetivo brindar una forma de reparación simbólica por el delito cometido. La duración de estos trabajos será determinada por el juez o tribunal, sin exceder la equivalencia de un día de trabajos por cada día de prisión, hasta un límite máximo de dos tercios de la duración total de la pena.
Es importante destacar que en casos específicos, como delitos cometidos contra la mujer por parte de su cónyuge o expareja, o contra familiares cercanos, se aplican restricciones adicionales al pago de la multa. Esto se debe a la necesidad de asegurar que no existan relaciones económicas que puedan influir en la imposición de esta medida.
Ejemplos de aplicación del Artículo 84 del Código Penal
1. Acuerdo de mediación: María ha sido condenada por daños materiales en un accidente de tráfico. El juez decide suspender la ejecución de la pena si María llega a un acuerdo de mediación con la otra parte involucrada en el accidente. Esto significa que María y la otra persona deben resolver su disputa a través de un mediador para evitar cumplir la pena de prisión.
2. Pago de una multa: Pedro ha sido condenado por un delito de robo. El juez impone como condición para suspender la ejecución de la pena que Pedro pague una multa. La cantidad de la multa se determinará en función de las circunstancias del caso, pero no puede exceder de dos tercios de la duración total de la pena de prisión.
3. Trabajos en beneficio de la comunidad: Laura ha sido condenada por hurto en una tienda. El juez decide que, para suspender la ejecución de la pena, Laura debe realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Esto significa que Laura tendrá que realizar tareas de servicio comunitario como forma de reparación por el delito cometido.
4. Delitos cometidos contra la mujer: Javier ha sido condenado por maltrato hacia su esposa. El juez decide imponerle el pago de una multa como condición para suspender la ejecución de la pena. Sin embargo, la multa solo se puede aplicar si se demuestra que no existen relaciones económicas derivadas de la relación conyugal entre Javier y su esposa.
5. Relaciones económicas derivadas de una relación conyugal: Ana ha sido condenada por violencia doméstica contra su esposo. El juez decide que Ana debe pagar una multa para suspender la ejecución de la pena. Sin embargo, la multa solo se puede imponer si se demuestra que no existen relaciones económicas derivadas de la relación conyugal entre Ana y su esposo.
Estos son solo algunos ejemplos de cómo el artículo 84 del Código Penal puede aplicarse en casos reales. Es importante tener en cuenta las condiciones y restricciones establecidas en este artículo para comprender cómo funciona en la práctica y cómo afecta a las personas condenadas por diversos delitos.