1. Será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a la prevista para el delito de que se trate el que, por cualquier medio, difunda públicamente mensajes o consignas que tengan como finalidad o que, por su contenido, sean idóneos para incitar a otros a la comisión de alguno de los delitos de este Capítulo.
2. La misma pena se impondrá al que, públicamente o ante una concurrencia de personas, incite a otros a la comisión de alguno de los delitos de este Capítulo, así como a quien solicite a otra persona que los cometa.
3. Los demás actos de provocación, conspiración y proposición para cometer alguno de los delitos regulados en este Capítulo se castigarán también con la pena inferior en uno o dos grados a la que corresponda respectivamente a los hechos previstos en este Capítulo.
4. En los casos previstos en este precepto, los jueces o tribunales podrán adoptar las medidas establecidas en los apartados 4 y 5 del artículo anterior.
Art. 579 CP
¿Qué nos indica el Artículo 579 del Código Penal?
El Artículo 579 del Código Penal establece las acciones que son consideradas delitos de provocación, conspiración y proposición para la comisión de delitos. Este artículo se divide en cuatro apartados, cada uno de los cuales aborda diferentes aspectos de este tipo de conductas.
En el primer apartado se establece que será castigado con una pena menor en uno o dos grados al delito correspondiente, aquel que difunda públicamente mensajes o consignas que tengan como finalidad o contenido, incitar a otros a la comisión de los delitos contemplados en el Capítulo en el que se encuentra este artículo. Es importante destacar que la difusión puede ser realizada por cualquier medio, ya sea escrito, oral o a través de medios tecnológicos.
El segundo apartado establece que la misma pena será impuesta a quien, de manera pública o ante una concurrencia de personas, incite a otros a la comisión de los delitos contemplados en el Capítulo, así como a aquellos que soliciten a otra persona que cometa dichos delitos. Esto significa que cualquier acción que promueva o instigue la comisión de estos delitos será castigada.
El tercer apartado indica que los actos de provocación, conspiración y proposición para cometer los delitos del Capítulo también serán castigados con una pena menor en uno o dos grados. Es importante resaltar que estos actos no se limitan a la propagación de mensajes o consignas, sino que engloban cualquier acción que tenga como objetivo preparar o planificar la comisión de dichos delitos.
En el último apartado se establece que en los casos previstos en este artículo, los jueces o tribunales pueden adoptar medidas establecidas en el artículo anterior, es decir, pueden tomar acciones como la suspensión de actividades o la clausura de locales, entre otras, con el fin de evitar la propagación de estos actos de provocación, conspiración y proposición.
El Artículo 579 del Código Penal: explicación sencilla
El Artículo 579 del Código Penal establece las acciones que son consideradas como delitos de provocación, conspiración y proposición para la comisión de otros delitos. Este artículo busca castigar no solo la comisión directa de los delitos, sino también aquellas acciones que promuevan o inciten su comisión.
Para tenerlo claro y a modo de resumen, este artículo establece que cualquier persona que difunda públicamente mensajes o consignas con la intención de incitar a otros a cometer delitos, o que incite públicamente a otros a cometer delitos, o que solicite a otra persona que los cometa, será castigada con una pena menor en uno o dos grados al delito correspondiente. También se castigarán los actos de provocación, conspiración y proposición para cometer dichos delitos.
Es importante destacar que estos delitos no se limitan únicamente a la comisión directa, sino que incluyen cualquier acción que tenga como finalidad promover o preparar la comisión de los mismos.
Los jueces y tribunales tienen la facultad de adoptar medidas para prevenir la propagación de estos actos, como la suspensión de actividades o la clausura de locales.
En conclusión, el Artículo 579 del Código Penal busca combatir y penalizar las acciones que incitan a la comisión de delitos, con el fin de preservar el orden y la seguridad públicos.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 579 del Código Penal?
El Artículo 579 del Código Penal se aplica en situaciones en las que una persona difunda públicamente mensajes o consignas con la intención de incitar a otros a cometer delitos. Por ejemplo, si alguien promueve activamente la violencia o el odio a través de redes sociales, estaría incurriendo en esta conducta punible.
Asimismo, este artículo también se aplica cuando una persona incita públicamente a otros a cometer delitos, ya sea de manera presencial ante una audiencia o a través de medios de comunicación. En este caso, la acción de incitar a la comisión de un delito es suficiente para ser penalizada.
Además, solicitar a otra persona que cometa un delito también constituye una conducta punible según el Artículo 579. Por ejemplo, si alguien instiga a otra persona a realizar un acto delictivo, estaría cometiendo esta infracción legal.
Por último, los actos de provocación, conspiración y proposición para cometer delitos también entran en la categoría de conductas sancionadas por este artículo. Esto incluye cualquier acción que tenga como objetivo preparar o planificar la comisión de un delito, aunque este no llegue a materializarse.
Ejemplos de aplicación del Artículo 579 del Código Penal
- 1. Difusión de mensajes incitando a la violencia: Este artículo podría ser aplicado en casos donde una persona difunde mensajes públicamente en redes sociales o medios de comunicación, incitando a la violencia o a la comisión de algún delito. La difusión de estos mensajes puede ser considerada como una provocación según el Artículo 579 del Código Penal.
- 2. Instigación a la comisión de delitos: Si una persona, en un discurso público o en una reunión, incita a otros a cometer algún delito, esto podría ser considerado una infracción de este artículo. La instigación a la comisión de delitos está penada por la ley y puede ser castigada de acuerdo al Artículo 579.
- 3. Solicitar a otra persona que cometa un delito: En el caso de que una persona solicite abiertamente a otra persona que cometa un delito, esto también podría ser considerado como una infracción al Artículo 579 del Código Penal. Solicitar activamente la comisión de un delito constituye una provocación y puede ser penalizada de acuerdo a este artículo.
- 4. Planificación de un acto delictivo: Si se descubre que un grupo de personas está planificando o conspirando para cometer un delito, esto podría ser considerado como una violación del Artículo 579. La conspiración y la proposición para cometer delitos están penadas por la ley y pueden ser castigadas de acuerdo a este artículo.
- 5. Incitación a la discriminación: En situaciones donde se incita públicamente a discriminar o a cometer actos de odio contra ciertos grupos de personas, el Artículo 579 del Código Penal podría ser aplicado. La incitación a la discriminación o a la violencia por motivos de raza, religión u orientación sexual puede ser considerada como una provocación y ser penalizada de acuerdo a este artículo.