1. Los jueces o tribunales, en los supuestos previstos en este Capítulo y el siguiente, acordarán la disolución de la organización o grupo y, en su caso, cualquier otra de las consecuencias de los artículos 33.7 y 129 de este Código.
2. Asimismo se impondrá a los responsables de las conductas descritas en los dos artículos anteriores, además de las penas en ellos previstas, la de inhabilitación especial para todas aquellas actividades económicas o negocios jurídicos relacionados con la actividad de la organización o grupo criminal o con su actuación en el seno de los mismos, por un tiempo superior entre seis y veinte años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, al número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente.
En todo caso, cuando las conductas previstas en dichos artículos estuvieren comprendidas en otro precepto de este Código, será de aplicación lo dispuesto en la regla 4.ª del artículo 8.
3. Las disposiciones de este Capítulo serán aplicables a toda organización o grupo criminal que lleve a cabo cualquier acto penalmente relevante en España, aunque se hayan constituido, estén asentados o desarrollen su actividad en el extranjero.
4. Los jueces o tribunales, razonándolo en la sentencia, podrán imponer al responsable de cualquiera de los delitos previstos en este Capítulo la pena inferior en uno o dos grados, siempre que el sujeto haya abandonado de forma voluntaria sus actividades delictivas y haya colaborado activamente con las autoridades o sus agentes, bien para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o grupos a que haya pertenecido, bien para evitar la perpetración de un delito que se tratara de cometer en el seno o a través de dichas organizaciones o grupos.
Art. 570 quater CP
¿Qué nos indica el Artículo 570 quater del Código Penal?
El Artículo 570 quater del Código Penal establece las consecuencias y penas que se aplican a las organizaciones o grupos criminales y a sus miembros en España. A través de este artículo se pretende disolver estas organizaciones y grupos, imponer penas de inhabilitación especial y establecer la colaboración con las autoridades como factor atenuante en la imposición de penas.
El Artículo 570 quater del Código Penal: explicación sencilla
En términos sencillos, el Artículo 570 quater del Código Penal establece lo siguiente:
1. Los jueces o tribunales, en los casos contemplados en este capítulo y el siguiente, tienen la facultad de disolver una organización o grupo criminal y aplicar las consecuencias establecidas en los artículos 33.7 y 129 del Código Penal.
2. Además de las penas previstas en los artículos anteriores, se impondrá una inhabilitación especial a los responsables de las conductas descritas en esos artículos. Esta inhabilitación especial prohibirá a dichos responsables participar en cualquier actividad económica o negocio jurídico relacionado con la actividad de la organización o grupo criminal, durante un período que va desde seis a veinte años más del tiempo de privación de libertad impuesta en el caso, en función de la gravedad del delito, el número de delitos cometidos y las circunstancias del delincuente.
3. Las disposiciones de este Capítulo son aplicables a cualquier organización o grupo criminal que realice actos penalmente relevantes en España, incluso si se han constituido, asentado o desarrollan su actividad en el extranjero.
4. Los jueces o tribunales pueden imponer una pena inferior en uno o dos grados al responsable de los delitos previstos en este Capítulo, siempre que haya abandonado voluntariamente sus actividades delictivas y colaborado activamente con las autoridades para obtener pruebas decisivas para identificar o capturar a otros responsables, impedir la actuación o desarrollo de las organizaciones o grupos a los que pertenecía o evitar la perpetración de delitos que se pretendiera cometer a través de estas organizaciones o grupos.
Para tenerlo claro y a modo de resumen, el Artículo 570 quater del Código Penal establece las consecuencias y penas para las organizaciones o grupos criminales en España. Se prevé la disolución de estas organizaciones, la inhabilitación especial de los responsables y la posibilidad de atenuar las penas a aquellos que colaboren activamente con las autoridades.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 570 quater del Código Penal?
El Artículo 570 quater del Código Penal se aplicaría en los casos en los que una organización o grupo lleva a cabo actividades delictivas que son penalmente relevantes en España. Esto significa que si una organización criminal comete algún acto considerado como delito según el Código Penal español, este artículo entraría en juego.
En primer lugar, es importante destacar que el artículo establece la facultad de los jueces o tribunales para disolver la organización criminal. Esto quiere decir que los miembros de la organización pueden enfrentarse a la disolución de la misma como consecuencia de sus acciones delictivas.
Además, se impondrá una pena de inhabilitación especial a los responsables de las conductas descritas en el artículo. Esta pena impide a los responsables participar en actividades económicas o negocios jurídicos relacionados con la organización criminal, por un periodo determinado que dependerá de la gravedad de los delitos cometidos.
Es importante tener en cuenta que estas disposiciones son aplicables tanto a organizaciones criminales establecidas en España como a aquellas que operen en el extranjero pero cometan actos delictivos en territorio español. Esto amplía el alcance del artículo y permite abordar la actividad delictiva de organizaciones transnacionales.
Asimismo, el artículo contempla la posibilidad de reducir la pena a los responsables de los delitos si colaboran de forma activa con las autoridades. Esta colaboración puede consistir en proporcionar información crucial para la identificación de otros responsables, la detención de criminales o la prevención de nuevos delitos planificados por la organización criminal.
Ejemplos de aplicación del Artículo 570 quater del Código Penal
- Ejemplo 1: Un grupo criminal organizado que se dedica al tráfico de drogas en territorio español y ha sido identificado por las autoridades competentes.
- Ejemplo 2: Una organización criminal que se dedica al blanqueo de capitales y opera a nivel nacional, siendo descubierta por las fuerzas de seguridad.
- Ejemplo 3: Un grupo delictivo que se dedica a la trata de personas y opera en varias ciudades de España, siendo desarticulado por las autoridades correspondientes.
- Ejemplo 4: Una organización criminal dedicada al contrabando de mercancías que opera en puertos españoles y es investigada por la Guardia Civil.
- Ejemplo 5: Un grupo delictivo especializado en la falsificación de documentos que opera ilegalmente en varias comunidades autónomas y es detenido por la Policía Nacional.
En cada uno de estos ejemplos, el Artículo 570 quater del Código Penal podría aplicarse para disolver la organización criminal, imponer penas de inhabilitación especial a los responsables y considerar la colaboración con las autoridades como factor atenuante en la imposición de penas. Es importante entender que este artículo busca combatir la actividad de organizaciones criminales y garantizar la seguridad y el orden en la sociedad española.