Artículo 31 ter del Código Penal Explicado

Artículo 31 ter del Código Penal Explicado

1. La responsabilidad penal de las personas jurídicas será exigible siempre que se constate la comisión de un delito que haya tenido que cometerse por quien ostente los cargos o funciones aludidas en el artículo anterior, aun cuando la concreta persona física responsable no haya sido individualizada o no haya sido posible dirigir el procedimiento contra ella. Cuando como consecuencia de los mismos hechos se impusiere a ambas la pena de multa, los jueces o tribunales modularán las respectivas cuantías, de modo que la suma resultante no sea desproporcionada en relación con la gravedad de aquéllos.

2. La concurrencia, en las personas que materialmente hayan realizado los hechos o en las que los hubiesen hecho posibles por no haber ejercido el debido control, de circunstancias que afecten a la culpabilidad del acusado o agraven su responsabilidad, o el hecho de que dichas personas hayan fallecido o se hubieren sustraído a la acción de la justicia, no excluirá ni modificará la responsabilidad penal de las personas jurídicas, sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo siguiente.

Art. 31 ter CP

¿Qué nos indica el Artículo 31 ter del Código Penal?

El Artículo 31 ter del Código Penal se refiere a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, de las organizaciones o entidades que pueden cometer un delito. Esta responsabilidad es exigible cuando se constate la comisión de un delito por parte de quien ocupa un cargo o función en la persona jurídica. Incluso si no se ha identificado o no es posible proceder legalmente contra la persona física responsable. Además, se establece que en caso de imponerse una pena de multa tanto a la persona jurídica como a la persona física responsable, los jueces o tribunales deben modular las cuantías para evitar que la suma sea desproporcionada en relación con la gravedad del delito.

El Artículo 31 ter del Código Penal: explicación sencilla

En términos simples, el Artículo 31 ter del Código Penal establece que las organizaciones o entidades pueden ser consideradas responsables penalmente por un delito cometido en su nombre o en su beneficio. Esto se aplica cuando el delito es realizado por alguien que ocupa un cargo o función en la organización, incluso si no se ha identificado o no es posible proceder legalmente contra la persona física responsable.

En casos en los que tanto la persona jurídica como la persona física responsable sean condenadas a una pena de multa, los jueces o tribunales deben ajustar las cuantías para evitar que la suma sea desproporcionada en relación con la gravedad del delito.

Este artículo es importante porque permite la persecución y sanción de los delitos cometidos por personas jurídicas, lo que contribuye a la protección de la sociedad y a la prevención de conductas delictivas por parte de las organizaciones.

Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 31 ter del Código Penal establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos cometidos por quienes ocupan cargos o funciones dentro de la organización. Esta responsabilidad se aplica incluso si no se ha identificado o no es posible proceder legalmente contra la persona física responsable. Además, se busca evitar sanciones desproporcionadas en caso de imposición de multas a ambas partes.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 31 ter del Código Penal?

El Artículo 31 ter del Código Penal se aplicaría en casos en los que una persona jurídica, es decir, una organización o entidad, sea responsable de la comisión de un delito. Esta responsabilidad se da cuando el delito ha sido cometido por alguien que ostenta un cargo o función dentro de la persona jurídica.

Es importante destacar que, según este artículo, la persona física responsable no necesita ser individualizada o no se pueda proceder legalmente contra ella para que la persona jurídica sea considerada responsable penalmente. Esto significa que la organización puede ser penalizada incluso si la persona física responsable no ha sido identificada o está fuera del alcance del sistema legal.

Además, en la situación en la que tanto la persona jurídica como la persona física responsable reciban una pena de multa, los jueces o tribunales deben ajustar las cuantías de manera que la sanción total no sea desproporcionada en relación con la gravedad del delito cometido.

Ejemplos de aplicación del Artículo 31 ter del Código Penal

  • 1. Responsabilidad penal de una empresa por delitos fiscales: En el caso de que una empresa cometa fraudes fiscales o evasión de impuestos, el Artículo 31 ter del Código Penal permite que la empresa sea considerada responsable penalmente por estos delitos. Esto significa que la empresa podría enfrentar sanciones legales y ser obligada a cumplir con las consecuencias legales de sus acciones.
  • 2. Responsabilidad penal de una ONG por malversación de fondos: Si una organización no gubernamental (ONG) se ve involucrada en malversación de fondos o desviación de recursos, el Artículo 31 ter del Código Penal establece que la ONG puede ser considerada responsable penalmente por estos actos ilícitos. Esto implica que la organización podría enfrentar consecuencias legales y ser sancionada por sus acciones.
  • 3. Responsabilidad penal de una entidad deportiva por dopaje: En el caso de que una federación deportiva permita o promueva prácticas de dopaje entre sus atletas, el Artículo 31 ter del Código Penal permite que la entidad deportiva sea considerada responsable penalmente por esta conducta. Esto implica que la federación deportiva podría enfrentar sanciones legales y ser obligada a asumir las consecuencias de sus acciones.
  • 4. Responsabilidad penal de una empresa por contaminación ambiental: Si una empresa es responsable de la contaminación ambiental producto de sus actividades industriales, el Artículo 31 ter del Código Penal establece que la empresa puede ser considerada responsable penalmente por estos daños al medio ambiente. Esto implica que la empresa podría enfrentar consecuencias legales y ser sancionada por su impacto ambiental.
  • 5. Responsabilidad penal de una institución financiera por blanqueo de capitales: En el caso de que una entidad bancaria esté involucrada en operaciones de blanqueo de capitales, el Artículo 31 ter del Código Penal permite que la institución financiera sea considerada responsable penalmente por estos actos ilícitos. Esto implica que la entidad bancaria podría enfrentar sanciones legales y ser obligada a responder por sus acciones.
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