Artículo 267 del Código Penal Explicado

Artículo 267 del Código Penal Explicado

Los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000 euros, serán castigados con la pena de multa de tres a nueve meses, atendiendo a la importancia de los mismos.

Las infracciones a que se refiere este artículo sólo serán perseguibles previa denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. El Ministerio Fiscal también podrá denunciar cuando aquélla sea menor de edad, persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida.

En estos casos, el perdón de la persona ofendida extingue la acción penal.

Art. 267 CP

¿Qué nos indica el Artículo 267 del Código Penal?

El Artículo 267 del Código Penal trata sobre los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000 euros y establece la pena de multa de tres a nueve meses, dependiendo de la importancia de los daños.

Este artículo también establece que las infracciones a las que se refiere solo pueden ser perseguidas si la persona agraviada o su representante legal presentan una denuncia. Sin embargo, el Ministerio Fiscal también tiene la facultad de denunciar en casos donde la persona agraviada es menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida.

En estos casos, el perdón de la persona ofendida llevará a la extinción de la acción penal, es decir, se evitará el castigo correspondiente.

El Artículo 267 del Código Penal: explicación sencilla

El Artículo 267 del Código Penal es una norma que establece la pena aplicable a los daños causados por imprudencia grave en una cuantía superior a 80.000 euros. La pena consiste en una multa que puede variar entre tres y nueve meses, dependiendo de la gravedad de los daños ocasionados.

Para poder iniciar un proceso legal basado en este artículo, es necesario que la persona afectada o su representante legal presenten una denuncia ante las autoridades. Sin embargo, en algunas situaciones especiales, como cuando la persona afectada es menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida, el Ministerio Fiscal también puede tomar la iniciativa de presentar una denuncia.

Es importante resaltar que si la persona afectada decide perdonar al responsable de los daños, la acción penal se extinguirá. Esto significa que no se llevará a cabo ningún castigo o consecuencia legal, ya que el perdón de la persona agraviada ha sido concedido.

Palabras importantes:

Las palabras clave en el Artículo 267 del Código Penal son las siguientes:

  • Imprudencia grave: La ley no proporciona una definición precisa de lo que constituye una "imprudencia grave". Sin embargo, podemos entenderla como una conducta negligente o irresponsable que causa daños significativos.
  • 80.000 euros: Esta cantidad especifica el umbral mínimo de daños económicos necesarios para que se aplique el artículo. Si los daños causados son inferiores a esta cifra, el artículo no tendrá aplicación.
  • Pena de multa: Esta es la sanción impuesta al infractor por cometer un delito. En este caso, consiste en el pago de una cantidad de dinero estipulada por el juez.
  • Tres a nueve meses: Esta es la duración de la pena de multa que puede ser impuesta al culpable, variando en función de la gravedad de los daños causados.
  • Persona agraviada: Hace referencia a la persona que ha sufrido el daño ocasionado por la imprudencia grave.
  • Representante legal: Es la persona que tiene la autoridad legal para representar y actuar en nombre de la persona afectada (por ejemplo, un tutor legal o un representante designado).
  • Menor de edad: Hace alusión a una persona que no ha alcanzado la mayoría de edad, que generalmente se establece en los 18 años.
  • Persona con discapacidad necesitada de especial protección: Se refiere a alguien que tiene una discapacidad y necesita una atención y protección especiales para vivir y funcionar en la sociedad.
  • Persona desvalida: Alude a una persona vulnerable que necesita ayuda o apoyo, ya sea debido a su edad avanzada, su estado de salud o cualquier otra situación en la que se encuentre en desventaja o desamparo.
  • Extinción de la acción penal: Es la situación en la que no se llevará a cabo ninguna acción legal o castigo debido al perdón concedido por la persona agraviada.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 267 del Código Penal?

El Artículo 267 del Código Penal se aplica en casos en los que se han causado daños por imprudencia grave y la cuantía de los mismos supera los 80.000 euros. La ley no establece una definición precisa de lo que constituye una imprudencia grave, pero podemos entenderla como una conducta negligente o irresponsable que resulta en daños significativos.
Cuando una persona sufre daños económicos superiores a 80.000 euros debido a la imprudencia grave de otra persona, se abre la posibilidad de aplicar el Artículo 267 del Código Penal. En estos casos, se establece una pena de multa que puede variar entre tres y nueve meses, dependiendo de la importancia de los daños ocasionados.
Es importante destacar que, para que se pueda proceder legalmente según este artículo, la persona afectada o su representante legal deben presentar una denuncia ante las autoridades correspondientes. Si la persona afectada es menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida, el Ministerio Fiscal también puede tomar la iniciativa de denunciar.
En caso de que la persona afectada decida perdonar al responsable de los daños, la acción penal se extinguirá. Esto significa que no se llevará a cabo ningún castigo o consecuencia legal, ya que el perdón concedido permitirá la finalización del proceso legal.

Ejemplos de aplicación del Artículo 267 del Código Penal

  • Accidente de tráfico con daños mayores a 80.000 euros: Si una persona causa un accidente de tráfico debido a su imprudencia grave y los daños causados superan los 80.000 euros, podría ser sancionada con una multa de tres a nueve meses, siempre y cuando la persona afectada o su representante legal presente una denuncia.
  • Actos de vandalismo que resultan en daños económicos significativos: En caso de que se cometan actos de vandalismo de manera imprudente y los daños económicos superen los 80.000 euros, la persona responsable podría enfrentar una pena de multa de acuerdo con el Artículo 267 del Código Penal.
  • Negligencia en el trabajo que ocasiona costosos daños materiales: Si un empleado actúa con imprudencia grave en su lugar de trabajo y sus acciones resultan en daños materiales considerables, podría ser penalizado con una multa de tres a nueve meses, siempre y cuando se presente una denuncia por parte del empleador o de la empresa afectada.
  • Incendio provocado de forma negligente en una propiedad: En el caso de que se inicie un incendio de manera imprudente y los daños causados superen los 80.000 euros, la persona responsable puede ser sancionada con una multa en base al Artículo 267 del Código Penal, si se presenta la denuncia correspondiente.
  • Destrucción de bienes públicos por descuido: Si una persona causa daños significativos a bienes públicos debido a su imprudencia grave y los costos de reparación superan los 80.000 euros, podría enfrentar una pena de multa de tres a nueve meses, siempre y cuando se presente una denuncia por parte de las autoridades competentes.

En cada uno de estos casos, es fundamental que se cumplan los requisitos establecidos en el Artículo 267 del Código Penal para que la sanción sea aplicable. La denuncia por parte de la persona afectada, la cantidad mínima de 80.000 euros en daños y la imprudencia grave del infractor son elementos clave para determinar la procedencia de la multa y la duración de la misma.

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