1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño.
Si la cuantía del daño causado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
2. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que causare daños expresados en el apartado anterior, si concurriere alguno de los supuestos siguientes:
1.º Que se realicen para impedir el libre ejercicio de la autoridad o como consecuencia de acciones ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, bien se cometiere el delito contra funcionarios públicos, bien contra particulares que, como testigos o de cualquier otra manera, hayan contribuido o puedan contribuir a la ejecución o aplicación de las Leyes o disposiciones generales.
2.º Que se cause por cualquier medio, infección o contagio de ganado.
3.º Que se empleen sustancias venenosas o corrosivas.
4.º Que afecten a bienes de dominio o uso público o comunal.
5.º Que arruinen al perjudicado o se le coloque en grave situación económica.
6.º Se hayan ocasionado daños de especial gravedad o afectado a los intereses generales.
Art. 263 CP
¿Qué nos indica el Artículo 263 del Código Penal?
El Artículo 263 del Código Penal nos regula el delito de daños en propiedad ajena. A continuación, vamos a analizar detalladamente cada palabra clave y el mensaje general que nos indica este artículo.
- Causare daños en propiedad ajena: Este apartado se refiere a cualquier acción que cause daño o perjuicio a la propiedad de otra persona. Se incluyen tanto bienes muebles como inmuebles. Es importante destacar que estos daños no están contemplados en otros títulos del Código Penal, lo que significa que no se trata de daños más graves o específicos regulados en otros artículos.
- Será castigado con multa de seis a veinticuatro meses: En caso de cometer este delito, se establece una sanción económica que puede oscilar entre los seis y los veinticuatro meses. La cuantía exacta de la multa dependerá de la condición económica de la víctima y del valor del daño causado.
- Cuantía del daño no excediere de 400 euros: Si el valor del daño causado no supera los 400 euros, la pena se reduce a una multa de uno a tres meses. Este límite se establece para los casos en los que los daños sean de menor gravedad y no afecten significativamente a la propiedad ajena.
- Supuestos en los que se aplica una pena de prisión: El apartado 2 del artículo indica los casos en los que se aumenta la pena establecida anteriormente y se aplica además una pena de prisión de uno a tres años, junto con una multa de doce a veinticuatro meses. Los supuestos son los siguientes:
- Se realicen para impedir el libre ejercicio de la autoridad: Si los daños se cometen con la intención de obstaculizar o dificultar el ejercicio legítimo de las funciones de una autoridad, la pena se agrava. Esto incluye tanto a funcionarios públicos como a particulares que, de alguna manera, contribuyan a la ejecución o aplicación de las leyes o disposiciones generales.
- Causen infección o contagio de ganado: Si el daño se produce mediante la propagación de enfermedades o infecciones en el ganado, la pena también se incrementa. Esto se debe a la importancia económica y social que tiene la ganadería en la sociedad.
- Se empleen sustancias venenosas o corrosivas: Si se utilizan productos tóxicos o corrosivos para causar los daños, se considera un agravante. Estas sustancias pueden causar daños graves tanto en personas como en bienes materiales.
- Afecten a bienes de dominio o uso público o comunal: Si los daños se producen en bienes que son de uso o disfrute de todos los ciudadanos, como parques, carreteras u otros espacios públicos, la pena también se incrementa.
- Arruinen al perjudicado o le coloquen en grave situación económica: Si los daños causan un perjuicio económico significativo en la víctima, incluyendo la ruina o la grave situación económica, se considera un agravante.
- Daños de especial gravedad o afectación a los intereses generales: Si los daños causados son especialmente graves o afectan a intereses generales, la pena es también más severa.
El Artículo 263 del Código Penal: explicación sencilla
El Artículo 263 del Código Penal regula el delito de daños en propiedad ajena. En este artículo se establece que cualquier persona que cause daño a la propiedad de otra persona será castigada con una multa que puede ir desde los seis meses hasta los dos años, dependiendo de la gravedad del daño y de la condición económica de la víctima.
Además, se establecen una serie de supuestos en los que se aplica una pena de prisión de uno a tres años, así como una multa adicional. Estos supuestos incluyen daños realizados con la intención de obstaculizar el ejercicio de la autoridad, causar infecciones o contagios en el ganado, utilizar sustancias venenosas o corrosivas, afectar bienes de dominio o uso público o comunal, arruinar al perjudicado o colocarlo en una grave situación económica, o causar daños de especial gravedad o afectar a los intereses generales.
Para tenerlo claro y a modo de conclusión, el Artículo 263 del Código Penal establece las sanciones para aquellos que causen daños en la propiedad ajena, considerando diferentes factores como el valor del daño, la condición económica de la víctima y los supuestos agravantes mencionados anteriormente. Es importante tener en cuenta que este artículo busca proteger el derecho a la propiedad y preservar el orden social.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 263 del Código Penal?
El Artículo 263 del Código Penal se aplicaría en aquellos casos en los que una persona cause daños en propiedad ajena, ya sea de forma intencionada o negligente. Es importante destacar que estos daños no deben estar contemplados en otros títulos del Código Penal, es decir, no se refieren a situaciones más graves o específicas reguladas en otros artículos.
En primer lugar, el delito se configura cuando se causan daños en propiedad ajena, lo que implica cualquier acción que cause perjuicio a los bienes de otra persona. Esto puede incluir desde daños a objetos materiales hasta deterioro en bienes inmuebles.
La sanción establecida para este tipo de conductas es una multa de seis a veinticuatro meses, considerando la situación económica de la víctima y la cuantía del daño ocasionado. En caso de que la cuantía del daño no supere los 400 euros, la pena se reduce a una multa de uno a tres meses.
Por otro lado, existen una serie de supuestos agravantes que pueden llevar a la imposición de una pena de prisión de uno a tres años, además de la multa mencionada. Estos supuestos incluyen acciones que busquen obstaculizar el ejercicio de la autoridad, causar infecciones en el ganado, utilizar sustancias peligrosas, afectar bienes públicos, provocar ruina económica en la víctima, causar daños graves o afectar a intereses generales.
Ejemplos de aplicación del Artículo 263 del Código Penal
- Ejemplo 1: Una persona decide rayar el coche de su vecino por una disputa personal. Al no estar contemplado en otros títulos del Código Penal, este acto sería considerado como un delito de daños en propiedad ajena.
- Ejemplo 2: Un grupo de individuos decide destrozar un parque público causando daños en el mobiliario y en las zonas verdes. En este caso, al tratarse de bienes de dominio público, la pena se vería agravada según lo establecido en el artículo 263.
- Ejemplo 3: Un agricultor utiliza pesticidas prohibidos que acaban contaminando los campos vecinos y causando daños en las cosechas. La utilización de sustancias venenosas para causar daños en propiedad ajena estaría contemplada en este artículo del Código Penal.
- Ejemplo 4: Un individuo incendia intencionadamente un edificio municipal con el objetivo de impedir el libre ejercicio de la autoridad. En este caso, la pena se agravaría por la intención de obstruir las funciones de la autoridad.
- Ejemplo 5: Un grupo de personas decide introducir un virus informático en los sistemas de una empresa con el fin de causar daños económicos y afectar sus intereses generales. Este tipo de acciones también estaría contemplado en el Artículo 263 del Código Penal.