Los sentenciados o presos que se fugaren del lugar en que estén recluidos, haciendo uso de violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas o tomando parte en motín, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a cuatro años.
Art. 469 CP
¿Qué nos indica el Artículo 469 del Código Penal?
El Artículo 469 del Código Penal tiene como objetivo sancionar a aquellos individuos que, habiendo sido condenados o estando presos, se fuguen del lugar en el que están recluidos. Para que se aplique este artículo, es necesario que la fuga se haya llevado a cabo de forma violenta o intimidatoria hacia las personas presentes, que se haya utilizado fuerza sobre los objetos o que los fugitivos hayan participado en un motín.
El Artículo 469 del Código Penal: explicación sencilla
En palabras más sencillas, este artículo establece las consecuencias penales para aquellos condenados o presos que decidan escaparse de donde estén cumpliendo su pena. Para que se aplique este artículo, es necesario que la fuga se haya llevado a cabo de forma violenta, usando la fuerza contra las personas o los objetos, o que los fugitivos hayan participado en un motín.
Es importante destacar que esta norma se aplica exclusivamente para los condenados o presos que se fugan, es decir, para aquellos que están cumpliendo una sentencia y deciden escapar ilegalmente. No se aplica a aquellos que estén en prisión preventiva o en cualquier otra situación de detención antes de una condena.
El artículo establece una pena de prisión de seis meses a cuatro años para aquellos que cometan esta conducta. Esto significa que los fugitivos pueden ser condenados a una privación de libertad que va desde medio año hasta cuatro años, en función de la gravedad de las circunstancias de la fuga.
Es importante recalcar que la pena establecida en este artículo es una pena privativa de libertad, es decir, implica que el fugitivo deberá cumplir su condena en un centro penitenciario. Esto significa que, en caso de ser capturado nuevamente, no solo deberá cumplir con la pena impuesta por el delito original por el cual fue condenado, sino también por la fuga en sí misma.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 469 del Código Penal establece las consecuencias penales para aquellos condenados o presos que decidan fugarse del lugar en el que están recluidos. Se sanciona con una pena de prisión de seis meses a cuatro años y se aplica en casos de fuga violenta, usando la fuerza en las personas o en las cosas, o participando en un motín.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 469 del Código Penal?
El Artículo 469 del Código Penal se aplica en aquellos casos en los que individuos que han sido condenados o se encuentran presos deciden escapar del lugar en el que están recluidos. En primer lugar, es importante tener en cuenta que esta norma se refiere exclusivamente a los condenados o presos que se fugan, es decir, aquellos que ya han sido sentenciados por un delito y están cumpliendo su pena.
Para que se pueda aplicar el Artículo 469, es necesario que la fuga se haya llevado a cabo de manera violenta o intimidatoria hacia otras personas presentes en el lugar, o que se haya hecho uso de fuerza sobre los objetos para lograr la escapada. Además, también se incluye la participación en un motín como una circunstancia que puede llevar a la aplicación de este artículo.
Es fundamental tener en cuenta que esta normativa no se aplica a aquellos que se encuentran en prisión preventiva o en cualquier otra situación de detención antes de recibir una condena firme. El objetivo de este artículo es sancionar la conducta de aquellos que deciden escapar de forma ilegal cuando ya han sido condenados por un delito.
Ejemplos de aplicación del Artículo 469 del Código Penal
- 1. Robo con violencia seguido de fuga: Si una persona es condenada por cometer un robo con violencia y, posteriormente, se fuga del centro penitenciario donde cumple su condena, podría ser sancionada según el Artículo 469 del Código Penal. En este caso, la fuga se consideraría violenta debido al delito inicial cometido.
- 2. Fuga de un interno durante un motín en prisión: Si un interno decide aprovechar un motín en la prisión para escapar, participando activamente en el mismo, estaría infringiendo el Artículo 469 del Código Penal. En este caso, la fuga se llevaría a cabo en un contexto de violencia y motín.
- 3. Fuga de un condenado durante un traslado con uso de fuerza: En el caso de que un condenado se fugue durante un traslado entre centros penitenciarios, haciendo uso de la fuerza contra los agentes de seguridad encargados del traslado, también podría ser castigado según el Artículo 469 del Código Penal.
- 4. Escaparse de un centro penitenciario después de provocar una pelea: Si un preso provoca una pelea en el centro penitenciario con el objetivo de crear distracción y facilitar su fuga, estaría cometiendo una conducta que encaja en el Artículo 469 del Código Penal.
- 5. Fuga de un detenido durante un traslado a un centro médico: En el caso de que un detenido se fugue durante un traslado a un centro médico, haciendo uso de la fuerza contra los agentes de seguridad encargados del traslado, también podría ser sancionado según el Artículo 469 del Código Penal.