1. Las medidas de seguridad que se pueden imponer con arreglo a este Código son privativas y no privativas de libertad.
2. Son medidas privativas de libertad:
1.ª El internamiento en centro psiquiátrico.
2.ª El internamiento en centro de deshabituación.
3.ª El internamiento en centro educativo especial.
3. Son medidas no privativas de libertad:
1.ª) La inhabilitación profesional.
2.ª) La expulsión del territorio nacional de extranjeros no residentes legalmente en España.
3.ª) La libertad vigilada
4.ª) La custodia familiar. El sometido a esta medida quedará sujeto al cuidado y vigilancia del familiar que se designe y que acepte la custodia, quien la ejercerá en relación con el Juez de Vigilancia Penitenciaria y sin menoscabo de las actividades escolares o laborales del custodiado.
5.ª) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
6.ª) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
Art. 96 CP
¿Qué nos indica el Artículo 96 del Código Penal?
El Artículo 96 del Código Penal establece las medidas de seguridad que pueden ser impuestas en el marco de este código. Estas medidas pueden ser privativas o no privativas de libertad.
El artículo se divide en dos apartados, el primero de ellos establece que las medidas de seguridad pueden ser privativas o no privativas de libertad. Es decir, algunas de estas medidas pueden implicar la privación de la libertad del individuo, mientras que otras no lo hacen.
En el segundo apartado se especifican las medidas privativas de libertad que pueden ser impuestas según el Código Penal. Estas medidas son:
1.ª El internamiento en centro psiquiátrico: consiste en la reclusión en un centro médico especializado en el tratamiento de enfermedades mentales.
2.ª El internamiento en centro de deshabituación: se refiere a la internación en un centro de rehabilitación para personas con problemas de adicciones.
3.ª El internamiento en centro educativo especial: implica la reclusión en un centro de enseñanza especializado destinado a la educación y formación de menores infractores.
El tercer apartado del artículo establece las medidas no privativas de libertad que pueden ser impuestas según el Código Penal. Estas medidas son:
1.ª La inhabilitación profesional: se refiere a la privación del ejercicio de una determinada profesión o actividad.
2.ª La expulsión del territorio nacional de extranjeros no residentes legalmente en España: implica la obligación de abandonar el país para aquellos extranjeros que no cuenten con la residencia legal.
3.ª La libertad vigilada: consiste en la supervisión y control por parte de las autoridades de un individuo que ha sido condenado, pero que no es privado de su libertad física.
4.ª La custodia familiar: se refiere a la imposición de un régimen de vigilancia por parte de un familiar designado, quien será responsable de cuidar y supervisar al sujeto sometido a la medida.
5.ª La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores: consiste en la prohibición de manejar cualquier tipo de vehículo de motor o ciclomotor.
6.ª La privación del derecho a la tenencia y porte de armas: implica la prohibición de poseer o portar armas de cualquier tipo.
El Artículo 96 del Código Penal: explicación sencilla
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 96 del Código Penal establece las diferentes medidas de seguridad que pueden ser impuestas a una persona como consecuencia de un delito. Estas medidas pueden ser privativas de libertad, lo que significa que implican la reclusión del individuo en un centro especializado, o pueden ser no privativas de libertad, lo que implica que no implican la privación de la libertad física.
Las medidas privativas de libertad incluyen el internamiento en centros psiquiátricos, centros de deshabituación o centros educativos especiales. Por otro lado, las medidas no privativas de libertad incluyen la inhabilitación profesional, la expulsión de extranjeros no residentes legalmente en España, la libertad vigilada, la custodia familiar, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
Estas medidas tienen como objetivo garantizar la seguridad y el cumplimiento de la ley, así como rehabilitar y reinsertar a los infractores en la sociedad. Es importante destacar que estas medidas deben ser impuestas por un juez y de acuerdo con lo establecido en el Código Penal.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 96 del Código Penal?
El Artículo 96 del Código Penal se aplica en situaciones en las que un individuo haya cometido un delito y sea necesario imponer medidas de seguridad para proteger a la sociedad y garantizar el cumplimiento de la ley.
En primer lugar, es importante entender que las medidas de seguridad pueden ser tanto privativas como no privativas de libertad. Las medidas privativas de libertad implican la reclusión del individuo en un centro especializado, como un psiquiátrico, un centro de deshabituación o un centro educativo especial. Por otro lado, las medidas no privativas de libertad no implican la privación de la libertad física del individuo, como la inhabilitación profesional, la expulsión de extranjeros no residentes legalmente en España, la libertad vigilada, la custodia familiar, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
Ejemplos de aplicación del Artículo 96 del Código Penal
- Internamiento en centro psiquiátrico: Imagina que una persona comete un delito bajo la influencia de trastornos mentales graves. En este caso, el juez podría imponer como medida de seguridad el internamiento en un centro psiquiátrico para recibir el tratamiento adecuado.
- Internamiento en centro de deshabituación: Si una persona es condenada por delitos relacionados con adicciones, como el consumo de drogas, el juez podría ordenar su internamiento en un centro de deshabituación para superar su problema de adicción.
- Internamiento en centro educativo especial: En el caso de menores infractores que requieren una formación especializada, el juez podría decidir su internamiento en un centro educativo especial para garantizar su correcta educación y reinserción social.
- Inhabilitación profesional: Si una persona comete un delito relacionado con su profesión, como un abogado que comete fraude, el juez podría imponer la inhabilitación profesional como medida de seguridad, privándolo del ejercicio de su profesión.
- Expulsión del territorio nacional de extranjeros: Si un extranjero que reside ilegalmente en España comete un delito, el juez podría ordenar su expulsión del país como medida de seguridad para mantener la seguridad y el orden en el territorio nacional.
- Libertad vigilada: Cuando una persona es condenada pero no se considera necesario privarla de su libertad física, el juez puede imponer la libertad vigilada, que consiste en un control y supervisión constante por parte de las autoridades.
- Custodia familiar: En situaciones en las que un individuo necesita un cuidado especial, como un menor infractor, el juez podría designar a un familiar responsable de su cuidado y supervisión, manteniendo así un control sobre su conducta y reinserción.
- Privación del derecho a conducir vehículos: Si una persona comete delitos relacionados con la conducción, como conducir bajo los efectos del alcohol, el juez podría imponer la privación del derecho a conducir vehículos como medida de seguridad para proteger a la sociedad de posibles riesgos.
- Privación del derecho a la tenencia y porte de armas: En casos en los que se considere necesario evitar que una persona pueda utilizar armas de manera peligrosa, como en casos de violencia doméstica, el juez podría imponer la privación del derecho a la tenencia y porte de armas como medida de seguridad.