A los efectos del artículo anterior, se entiende por moneda la metálica y el papel moneda de curso legal y aquella que no ha sido todavía emitida o puesta en circulación oficialmente pero que está destinada a su circulación como moneda de curso legal. Se equipararán a la moneda nacional las de otros países de la Unión Europea y las extranjeras.
Se tendrá igualmente por moneda falsa aquella que, pese a ser realizada en las instalaciones y con los materiales legales, se realiza incumpliendo, a sabiendas, las condiciones de emisión que hubiere puesto la autoridad competente o cuando se emita no existiendo orden de emisión alguna.
Art. 387 CP
¿Qué nos indica el Artículo 387 del Código Penal?
El Artículo 387 del Código Penal establece el concepto de "moneda falsa" y define sus características, así como las condiciones que deben cumplirse para que se considere como tal. Además, establece que se equiparan a la moneda nacional las monedas de otros países de la Unión Europea y las extranjeras.
El Artículo 387 del Código Penal: explicación sencilla
En términos sencillos, el Artículo 387 del Código Penal define lo que se entiende como "moneda falsa" y establece las condiciones que deben cumplirse para que una moneda sea considerada como falsa.
El artículo comienza definiendo el concepto de "moneda", que incluye tanto las monedas de metal como los billetes de papel que son de curso legal. Además, también se considera como moneda aquella que aún no ha sido emitida o puesta en circulación oficialmente, pero que está destinada a ser utilizada como moneda de curso legal. Es importante destacar que se equiparan a la moneda nacional las monedas de otros países de la Unión Europea y las monedas extranjeras.
Luego, el artículo establece que se considerará como moneda falsa aquella que, a pesar de estar realizada con los materiales y en las instalaciones legales, se emite incumpliendo de manera consciente las condiciones de emisión impuestas por la autoridad competente. Tambié, se considerará como moneda falsa aquella que se emita sin existir una orden de emisión.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 387 del Código Penal define y establece las características de la moneda falsa, así como las condiciones que deben cumplirse para que una moneda sea considerada como tal. Además, equipara a la moneda nacional las monedas de otros países de la Unión Europea y las extranjeras. Es importante destacar que la falsificación de moneda es un delito grave que puede tener consecuencias legales significativas.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 387 del Código Penal?
El Artículo 387 del Código Penal se aplica en casos de falsificación de moneda, es decir, cuando se crea o se intenta crear monedas que imitan a las monedas legales con el fin de engañar a terceros y obtener un beneficio económico ilegítimo. Es importante destacar que la falsificación de moneda es un delito grave que conlleva importantes consecuencias legales.
Para que se considere que se ha cometido el delito de falsificación de moneda, es necesario que se cumplan algunas condiciones. En primer lugar, la moneda falsa debe ser una imitación de una moneda legal y debe ser creada con la intención de hacerla pasar como auténtica para lucrarse de manera ilícita. Es importante resaltar que la moneda falsa puede ser tanto metálica como de papel.
Además, el Artículo 387 del Código Penal establece que también se considerará como moneda falsa aquella que, pese a ser realizada en las instalaciones y con los materiales legales, se emite incumpliendo de manera consciente las condiciones de emisión impuestas por la autoridad competente. Es decir, aunque la moneda falsa esté hecha con los materiales adecuados, si se emite de manera ilegal, se considerará como falsa.
Otro aspecto importante que señala el Artículo 387 del Código Penal es que se equiparan a la moneda nacional las monedas de otros países de la Unión Europea y las monedas extranjeras. Esto significa que la falsificación de moneda extranjera también puede ser considerada como delito según la legislación española.
Ejemplos de casos en los que se aplica el Artículo 387 del Código Penal
- Falsificación de billetes: Cuando una persona realiza copias ilegales de billetes de curso legal con la intención de utilizarlos como dinero.
- Creación de monedas falsas: Si alguien fabrica monedas que simulan ser legítimas pero en realidad no cumplen con los requisitos establecidos por la autoridad competente.
- Introducción de moneda falsa en el mercado: Cuando se pone en circulación moneda falsa de forma fraudulenta, engañando a terceros sobre su autenticidad.
- Uso de moneda falsa para realizar pagos: Si una persona intenta utilizar moneda falsa para pagar bienes o servicios, sabiendo que no es auténtica.
- Comercialización de moneda falsa: El acto de vender o distribuir moneda falsa en el mercado, engañando a los compradores sobre su autenticidad.