El que, por cualquier medio directo, vendiere, difundiere o exhibiere material pornográfico entre menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.
Art. 186 CP
Explicación del Artículo 186 del Código Penal
¿Qué nos indica el Artículo 186 del Código Penal?
El Artículo 186 del Código Penal establece el castigo para aquellas personas que vendan, difundan o exhiban material pornográfico entre menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.
Es importante destacar cada palabra clave en este artículo para comprender su significado:
El Artículo 186 del Código Penal: explicación sencilla
El Artículo 186 del Código Penal establece las penas para aquellas personas que realicen acciones relacionadas con la venta, difusión o exhibición de material pornográfico a menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.
Es esencial entender el significado de las palabras clave en este contexto:
Vendiere:
Se refiere a la venta de material pornográfico a menores de edad o personas con discapacidad nececitadas de especial protección. Esta acción implica la transferencia de dicho material a cambio de una compensación financiera.
Difundiere:
Se refiere a la propagación o divulgación del material pornográfico entre aquellos que se encuentran en los grupos mencionados anteriormente. Esto podría incluir el envío de contenido a través de internet, correos electrónicos u otros medios de comunicación.
Exhibiere:
Se refiere a mostrar, presentar o poner a la vista en público el material pornográfico a menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Esto incluye situaciones en las que el contenido pornográfico se exhibe físicamente o se muestra digitalmente a través de pantallas o proyectores, por ejemplo.
Material pornográfico:
El material pornográfico se refiere a cualquier contenido, sea en forma de imágenes, vídeos, audios o cualquier otro medio, que contenga representaciones explícitas de carácter sexual con el objetivo de excitar o estimular sexualmente a quien lo consume.
Menores de edad:
Se refiere a personas que aún no han alcanzado la mayoría de edad, es decir, que son menores de 18 años.
Personas con discapacidad necesitadas de especial protección:
Este término engloba a aquellas personas con discapacidad física o mental que requieren de una atención especial para su bienestar y protección. Se considera que estas personas tienen una mayor vulnerabilidad y necesitan una protección específica contra cualquier forma de explotación o abuso.
Penalidades:
Este artículo establece que el castigo para aquellos que infrinjan lo establecido será una pena de prisión de seis meses a un año o una multa de 12 a 24 meses.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 186 del Código Penal?
El Artículo 186 del Código Penal se aplica en aquellos casos en los que una persona lleve a cabo la venta, difusión o exhibición de material pornográfico a menores de edad o a personas con discapacidad que requieran una protección especial. Es importante entender en detalle cada una de las acciones descritas en este artículo para comprender su alcance y significado.
Vendiere se refiere específicamente a la acción de vender material pornográfico a menores de edad o a personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Esto implica la transferencia de este tipo de contenido a cambio de una compensación económica, lo cual está penalizado por la ley.
Por otro lado, difundiere implica la propagación o divulgación del material pornográfico entre los grupos mencionados anteriormente. Esto puede incluir el envío de este contenido a través de medios de comunicación como internet, correos electrónicos u otros canales.
En cuanto a exhibiere, se refiere a la acción de mostrar públicamente el material pornográfico a menores de edad o a personas con discapacidad que requieran protección especial. Esto puede incluir la exhibición física del contenido o su visualización a través de medios digitales.
Es fundamental entender que el término material pornográfico abarca cualquier contenido que contenga representaciones explícitas de carácter sexual con el fin de estimular sexualmente a quien lo consume. Esto incluye imágenes, vídeos, audios u otros medios que tengan este propósito.
Por último, el artículo establece las penalidades para quienes infrinjan lo dispuesto en el mismo. Aquellos que vendan, difundan o exhiban material pornográfico a menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de protección especial pueden enfrentar una pena de prisión de seis meses a un año, o una multa de 12 a 24 meses.
Ejemplos de aplicación del Artículo 186 del Código Penal
A continuación, se presentan ejemplos reales en los que el Artículo 186 del Código Penal podría ser aplicado:
- Vendiere: Un individuo vende material pornográfico a un grupo de adolescentes menores de edad a cambio de dinero en efectivo. Esta acción constituye una violación del artículo, ya que implica la transferencia de contenido sexualmente explícito a menores.
- Difundiere: Una persona comparte fotos y videos pornográficos a través de las redes sociales con personas con discapacidad mental sin su consentimiento. Esta conducta constituye una difusión inapropiada de material pornográfico hacia un grupo vulnerable.
- Exhibiere: Un individuo muestra una película pornográfica en un evento privado donde asisten menores de edad sin el consentimiento de sus padres. Esta acción de exhibición de material explícito a menores también sería sancionada de acuerdo con el artículo.
- Material pornográfico: Un individuo envía correos electrónicos con contenido sexualmente explícito a menores de edad con el fin de provocar excitación sexual en ellos. En este caso, el material enviado se considera pornográfico y aplicaría para este artículo.
- Menores de edad: Un adulto solicita servicios de entretenimiento para adultos a un grupo de adolescentes menores de 18 años. Esta acción de proporcionar material pornográfico a menores sería objeto de castigo según la ley.
- Personas con discapacidad necesitadas de especial protección: Un individuo explota a una persona con discapacidad para producir material pornográfico sin su consentimiento. La víctima, al requerir una protección especial, se encuentra en situación de vulnerabilidad y su protección está amparada por este artículo.
- Penalidades: Una persona es encontrada culpable de difundir material pornográfico a menores y recibe una sentencia de 9 meses de prisión como castigo. La pena de prisión impuesta se encuentra dentro del rango establecido por el artículo 186 del Código Penal en España.