Artículo 185 del Código Penal Explicado

Artículo 185 del Código Penal Explicado

El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.

Art. 185 CP

¿Qué nos indica el Artículo 185 del Código Penal?

El artículo 185 del Código Penal español establece la tipificación de un delito relacionado con la exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. A continuación, vamos a analizar en detalle cada palabra y su significado en el contexto de este artículo.

- "Ejecutare": Este verbo indica la acción de realizar, llevar a cabo o cometer el acto de exhibición obscena ante los sujetos mencionados. Es importante destacar que no solo se refiere a quien realiza físicamente la exhibición, sino también a aquellos que instigan o promueven su ejecución.

- "hiciere ejecutar": Esta expresión se refiere a inducir o hacer que otra persona realice la exhibición obscena. Es decir, no solo se castiga al ejecutor directo del acto, sino también a aquellos que lo hacen llevar a cabo.

- "otra persona": Hace referencia a cualquier individuo que no sea el autor del delito. Puede ser cualquier tipo de persona distinta al sujeto activo del delito, como menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

- "actos de exhibición obscena": Aquí se hace referencia a una conducta que consiste en mostrar imágenes, realizar gestos o acciones que atenten contra la decencia y puedan resultar ofensivas o inapropiadas para un público determinado, en este caso, menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

- "ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección": Este añadido es clave para determinar el ámbito de aplicación de este delito. Es decir, se castiga la exhibición obscena realizada en presencia de menores de edad o de personas con discapacidad que requieran un cuidado especial de la sociedad.

- "será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses": Esta parte del artículo establece las consecuencias penales para quien cometa este delito. Las penas pueden oscilar entre seis meses y un año de prisión, o en su defecto, una multa que puede ir de 12 a 24 meses.

El Artículo 185 del Código Penal: explicación sencilla

El artículo 185 del Código Penal establece que cualquier persona que realice o haga que otra persona realice actos de exhibición obscena en presencia de menores de edad o personas con discapacidad que necesiten especial protección, será penalizada con prisión o multa.

En este artículo se castiga tanto al autor directo de los actos obscenos como a aquellos que los instigan o promueven. El objetivo de esta norma es proteger a los menores de edad y a las personas con discapacidad, evitando que sean expuestas a conductas indecentes o perturbadoras. Además, se busca que cualquier ciudadano, aunque no tenga conocimientos de leyes, comprenda la importancia de evitar este tipo de acciones y la gravedad de las consecuencias legales que conllevan.

Es fundamental destacar que la exhibición obscena puede manifestarse a través de imágenes, gestos o acciones que atenten contra la decencia y resulten ofensivas o inapropiadas para los mencionados grupos de personas. Así mismo, es importante señalar que la pena puede variar desde seis meses hasta un año de prisión, o en su defecto, una multa que oscile entre 12 y 24 meses.

La finalidad de este artículo es proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad y garantizar la convivencia pacífica y respetuosa entre los ciudadanos. Por lo tanto, es necesario concienciar y difundir esta información para que se evite la comisión de este delito y se promueva el respeto y la adecuada protección de los menores y personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 185 del Código Penal?

El Artículo 185 del Código Penal se aplicaría en casos en los que una persona, ya sea de forma directa o inducida, realice actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad que requieran especial protección. Es importante destacar que esta norma busca proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad y garantizar su integridad y bienestar.

En primer lugar, el término "ejecutare" se refiere a la acción de llevar a cabo o cometer los actos de exhibición obscena. Esto incluye tanto a la persona que realiza físicamente la exhibición como a aquella que la instiga o promueve.

Por otro lado, el término "hiciere ejecutar" hace referencia a inducir o hacer que otra persona realice la exhibición obscena. En este caso, también se castiga a los instigadores o promotores de los actos.

Es importante destacar que el artículo se aplica ante menores de edad o personas con discapacidad que necesiten especial protección. Esto significa que la exhibición obscena debe ser realizada en presencia de estos grupos vulnerables para que el artículo sea aplicable.

Los "actos de exhibición obscena" pueden manifestarse a través de gestos, imágenes o acciones que atenten contra la decencia y resulten ofensivas o inapropiadas. Es fundamental tener en cuenta que el objetivo es proteger la dignidad y la intimidad de los menores y personas con discapacidad.

En cuanto a las consecuencias legales, el artículo establece que el responsable será castigado con prisión de seis meses a un año o con una multa de 12 a 24 meses. Es decir, el infractor puede enfrentar penas privativas de libertad o sanciones económicas según la gravedad del delito cometido.

Ejemplos de aplicación del Artículo 185 del Código Penal

1. Un individuo es sorprendido mostrando material pornográfico a menores de edad en un parque público. En este caso, se estaría ejecutando un acto de exhibición obscena ante menores de edad, lo que constituiría un delito según el artículo 185 del Código Penal.

2. Un grupo de personas organizan una actuación donde se realizan gestos obscenos frente a personas con discapacidad en un centro de atención especializada. En este escenario, se estaría hiciendo ejecutar actos de exhibición obscena ante personas con discapacidad necesitadas de especial protección, lo cual estaría penado por la ley.

3. Un individuo usa imágenes pornográficas para acosar a un menor de edad en internet. En este caso, se estaría realizando una exhibición obscena ante un menor de edad, lo cual constituye un delito según el artículo 185 del Código Penal.

4. Durante un evento deportivo, un espectador exhibe conductas indecorosas y obscenas frente a un grupo de personas con discapacidad que asisten al partido. En este caso, estaría cometiendo actos de exhibición obscena ante personas con discapacidad necesitadas de especial protección, penalizados por la ley.

5. Un individuo se desnuda y realiza gestos obscenos frente a menores de edad en un parque infantil. Esta conducta constituye una exhibición obscena ante menores de edad, siendo punible según el artículo 185 del Código Penal.

Es importante señalar que en todos estos ejemplos, las acciones realizadas atentan contra la decencia y el respeto hacia menores de edad y personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Por lo tanto, es fundamental tener en cuenta las consecuencias legales y éticas de llevar a cabo actos de exhibición obscena en presencia de estos colectivos vulnerables.

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