1. Si las amenazas de un mal que constituyere delito fuesen dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas, y tuvieran la gravedad necesaria para conseguirlo, se impondrán respectivamente las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior.
2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años, los que, con la misma finalidad y gravedad, reclamen públicamente la comisión de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas.
Art. 170 CP
¿Qué nos indica el Artículo 170 del Código Penal?
El Artículo 170 del Código Penal establece las penas a imponer cuando una amenaza de un mal que constituye un delito está dirigida a atemorizar a determinados grupos de personas. En este caso, el artículo contempla que si estas amenazas tienen la gravedad suficiente para lograr el objetivo de atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, se impondrá una pena superior a la establecida en el artículo anterior.
Además, el artículo también aborda la punición a aquellos que públicamente reclamen la comisión de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas, con la misma finalidad y gravedad.
El Artículo 170 del Código Penal: explicación sencilla
El Artículo 170 del Código Penal tiene como finalidad sancionar las amenazas de un mal que constituye un delito dirigidas a atemorizar a determinados grupos de personas, así como la instigación pública a la comisión de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas.
En su primer apartado, el artículo se refiere a las amenazas dirigidas específicamente a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas. Es importante resaltar que para que estas amenazas sean penalizadas según el Artículo 170, deben tener la gravedad necesaria para lograr su objetivo. Esto implica que deben ser lo suficientemente serias y creíbles como para causar un verdadero temor en estas personas.
El segundo apartado del artículo se refiere a aquellos que, con la misma intención y gravedad, hagan una reclamación pública de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas. Esto implica que cualquier persona que instigue públicamente a la comisión de actos violentos por parte de estas organizaciones será castigada según lo establecido en el Artículo 170.
Para tenerlo claro y a modo de conclusión, el Artículo 170 del Código Penal busca prevenir y sancionar las amenazas dirigidas a grupos específicos de personas con la intención de atemorizarlos, así como la instigación pública a la violencia por parte de organizaciones terroristas. Estas conductas son consideradas delictivas debido a su potencial para causar daño, generar inseguridad y perjudicar la convivencia pacífica de la sociedad.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 170 del Código Penal?
El Artículo 170 del Código Penal se aplicaría en situaciones en las que una persona emite amenazas de un mal que constituye un delito con el objetivo de atemorizar a grupos específicos de personas. En este caso, la ley establece que las penas serán más graves si estas amenazas tienen la suficiente gravedad para lograr su propósito de atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural, religioso, colectivo social o profesional, o algún otro grupo de personas.
Es importante entender que el delito contemplado en el Artículo 170 no se refiere simplemente a una amenaza común, sino que debe ser una amenaza seria y creíble, que genere un verdadero temor en las personas a las que va dirigida. Esto significa que las amenazas deben tener la capacidad de causar un impacto real y provocar inseguridad en el grupo al que van dirigidas.
Además, este artículo también se aplica a aquellas personas que públicamente instigan la comisión de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas, con la misma intensión y gravedad. Es decir, aquellos que promueven públicamente la violencia como medio para lograr sus objetivos estarán sujetos a las penas establecidas en el Artículo 170 del Código Penal.
Ejemplos de aplicación del Artículo 170 del Código Penal
- Un individuo envía mensajes amenazantes a un grupo étnico en redes sociales, con la intención de atemorizar a sus miembros. Estos mensajes contienen la gravedad suficiente para causar temor en la comunidad, por lo que se aplicaría el Artículo 170 del Código Penal.
- Un líder político incita a la violencia contra un colectivo social determinado durante un discurso público, con el objetivo de generar miedo en dicha comunidad. Esta conducta se ajusta a lo establecido en el Artículo 170.
- Un individuo difunde propaganda a favor de un grupo terrorista, instando a la población a cometer actos violentos en su nombre. Esta acción constituye una violación del Artículo 170 del Código Penal.
- Un individuo realiza amenazas de muerte contra un grupo religioso en un foro en línea, con la finalidad de atemorizar a sus seguidores. Estas amenazas se considerarían un delito según el Artículo 170.
- Un grupo radical publica un comunicado en el que insta a llevar a cabo acciones violentas contra un colectivo profesional específico. Esta conducta entra en el ámbito de aplicación del Artículo 170 del Código Penal.