Artículo 142 bis del Código Penal Explicado

Artículo 142 bis del Código Penal Explicado

En los casos previstos en el número 1 del artículo anterior, el Juez o Tribunal podrá imponer motivadamente la pena superior en un grado, en la extensión que estime conveniente, si el hecho revistiere notoria gravedad, en atención a la singular entidad y relevancia del riesgo creado y del deber normativo de cuidado infringido, y hubiere provocado la muerte de dos o más personas o la muerte de una y lesiones constitutivas de delito del artículo 152.1.2.º o 3.º en las demás, y en dos grados si el número de fallecidos fuere muy elevado.

Art. 142 bis CP

¿Qué nos indica el Artículo 142 bis del Código Penal?

El Artículo 142 bis del Código Penal establece la posibilidad de imponer una pena superior en un grado en determinados casos de homicidio imprudente. Para entender el alcance y la importancia de este artículo, es necesario desglosarlo y analizar cada una de las palabras y conceptos clave.

En primer lugar, el artículo hace referencia al "número 1 del artículo anterior", lo cual nos lleva a examinar el Artículo 142 del Código Penal. Según dicho artículo, comete un delito de homicidio imprudente aquel que, por su imprudencia grave, causa la muerte de otra persona. Por lo tanto, el Artículo 142 bis se refiere a una agravación de la pena prevista en el Artículo 142.

La expresión "imponer motivadamente la pena superior en un grado" significa que el juez o tribunal encargado del caso tiene la facultad de aumentar la pena contemplada para el homicidio imprudente en una medida determinada. Es importante destacar que esta decisión deberá estar debidamente fundamentada y justificada, no pudiendo aplicarse de forma arbitraria.

La frase "en la extensión que estime conveniente" le da discreción al juez o tribunal para determinar el monto de la pena a imponer, siempre y cuando se encuentre dentro de los límites legales establecidos.

El artículo continúa mencionando que esto será aplicable si el hecho reviste "notoria gravedad", es decir, si el hecho delictivo es especialmente grave. Esta gravedad se evaluará teniendo en cuenta la "singular entidad y relevancia del riesgo creado y del deber normativo de cuidado infringido". En otras palabras, se considerará la importancia y trascendencia del riesgo que se creó por la conducta imprudente y la obligación legal de cuidado que se incumplió.

El artículo también establece como requisito para la aplicación de esta pena superior un resultado específico: la muerte de dos o más personas, o la muerte de una persona y lesiones que constituyan un delito según lo establecido en el Artículo 152.1.2.º o 152.1.3.º. Estos artículos se refieren a las lesiones que causan enfermedad grave y las lesiones causadas de forma temeraria utilizando un medio destructivo, respectivamente.

Además, se establece una diferencia en cuanto a la cantidad de fallecidos: si el número de fallecidos es muy elevado, la pena superior podrá ser aumentada en dos grados. Es importante resaltar que esta distinción se basa en criterios cuantitativos y no cualitativos, lo que implica que no se evalúa la gravedad individual de cada caso, sino el número de personas fallecidas.

El Artículo 142 bis del Código Penal: explicación sencilla

El Artículo 142 bis del Código Penal establece que, en determinados casos de homicidio imprudente, se puede imponer una pena mayor a la prevista inicialmente. Esto puede ocurrir si el hecho delictivo es especialmente grave y ha resultado en la muerte de dos o más personas, o la muerte de una persona y lesiones graves en otras.

Es importante destacar que el juez o tribunal encargado del caso tiene la facultad de decidir el monto de esta pena incrementada, siempre y cuando esté debidamente justificado. Para ello, se evaluará la gravedad del hecho, considerando el riesgo que se creó y el deber de cuidado que se infringió.

Además, el artículo establece una diferencia en cuanto al número de fallecidos. Si el número de personas muertas es muy elevado, la pena puede ser aún mayor. No obstante, es importante tener en cuenta que esta distinción se basa en criterios cuantitativos, y no en la gravedad individual de cada caso.

Para tenerlo claro y a modo de conclusión, el Artículo 142 bis del Código Penal contempla la posibilidad de imponer una pena mayor en casos de homicidio imprudente especialmente grave, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos. Esta disposición busca adecuar la respuesta penal a la gravedad de los hechos y garantizar la justicia en estos casos.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 142 bis del Código Penal?

El Artículo 142 bis del Código Penal establece las condiciones para imponer una pena superior en casos de homicidio imprudente. Pero,

Para que pueda aplicarse el Artículo 142 bis del Código Penal, deben cumplirse ciertos requisitos específicos. Primeramente, el juez o tribunal encargado del caso debe considerar que el hecho reviste una notoria gravedad. Esto significa que se debe evaluar la importancia y trascendencia del riesgo creado y del deber normativo de cuidado infringido.

Además, es necesario que se haya producido la muerte de dos o más personas, o la muerte de una persona y lesiones graves en otras. Estas lesiones deben cumplir ciertos criterios establecidos en el Código Penal, como las lesiones que causan enfermedad grave o las lesiones causadas utilizando un medio destructivo de forma temeraria.

En caso de que el número de fallecidos sea muy elevado, la pena superior podrá aumentarse en dos grados, lo que indica que la gravedad del hecho se considera aún mayor.

Es importante destacar que el juez o tribunal tiene la facultad de imponer esta pena superior en un grado en la extensión que estime conveniente, siempre y cuando esté debidamente fundamentada su decisión.

Ejemplos reales de aplicación del Artículo 142 bis del Código Penal

  • Accidente de tráfico con resultado de muerte: En caso de que un conductor, por imprudencia grave, cause un accidente de tráfico que resulte en la muerte de dos o más personas, este artículo podría ser aplicado. La decisión de imponer una pena mayor en un grado dependerá de la gravedad del hecho y del riesgo creado.
  • Homicidio imprudente en entorno laboral: Si un empleador, por no cumplir con las medidas de seguridad adecuadas, provoca la muerte de un trabajador y lesiones graves en otros, el Artículo 142 bis podría ser invocado. La relevancia del riesgo creado y del deber de cuidado infringido serán determinantes en la decisión judicial.
  • Homicidio imprudente en práctica deportiva: En el caso de un entrenador que, por negligencia, cause la muerte de un deportista y lesiones graves en otros, este artículo podría ser aplicado. La evaluación de la singular entidad y relevancia del riesgo creado será clave para determinar si se impone una pena mayor en un grado.
  • Homicidio imprudente en el ámbito médico: Si un profesional de la salud, por falta de cuidado en un procedimiento quirúrgico, provoca la muerte de un paciente y lesiones graves en otros, el Artículo 142 bis del Código Penal podría ser invocado. La valoración del deber normativo de cuidado infringido será fundamental en este caso.
  • Accidente laboral con consecuencias fatales: En situaciones donde un empleador, por no garantizar las medidas de seguridad en el trabajo, cause la muerte de varios empleados, este artículo podría ser aplicado. La gravedad del riesgo creado y del deber de cuidado infringido determinarán la posible imposición de una pena superior en un grado.
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