1. El que con ocasión de la prevención o persecución de los hechos previstos en el artículo anterior, se resistiere o desobedeciere a un buque de guerra o aeronave militar u otro buque o aeronave que lleve signos claros y sea identificable como buque o aeronave al servicio del Estado español y esté autorizado a tal fin, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
2. Si en la conducta anterior se empleare fuerza o violencia se impondrá la pena de diez a quince años de prisión.
3. En todo caso, las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que correspondan por los delitos cometidos.
Art. 616 quater CP
¿Qué nos indica el Artículo 616 quater del Código Penal?
El Artículo 616 quater del Código Penal establece las consecuencias legales para aquellas personas que se resisten o desobedecen a buques de guerra, aeronaves militares u otros buques o aeronaves que lleven signos claros y sean identificables como pertenecientes al Estado español y autorizados para tales fines. Este artículo también contempla las conductas en las que se emplee fuerza o violencia.
El Artículo 616 quater del Código Penal: explicación sencilla
El Artículo 616 quater del Código Penal establece penas de prisión para aquellas personas que se resistan o desobedezcan a buques o aeronaves militares con signos claros de pertenecer al Estado español, y que estén autorizados para dichos fines. Estas penas pueden variar dependiendo de si se utiliza fuerza o violencia en la conducta. Es importante destacar que estas penas se impondrán independientemente de los delitos cometidos.
Este artículo busca garantizar la seguridad y el funcionamiento adecuado de las fuerzas militares y las embarcaciones y aeronaves autorizadas por el Estado. Así, se sanciona a aquellos que impidan o interfieran con las labores de prevención o persecución de delitos por parte de estos organismos, asegurando así el cumplimiento de las funciones estatales y preservando el orden y la seguridad pública.
Este artículo protege la soberanía y las funciones del Estado español al sancionar a aquellos que se resisten o desobedecen a buques o aeronaves militares identificables como pertenecientes al Estado y autorizados para tales fines. La resistencia o desobediencia puede incluir diversos actos como la obstrucción física, la negativa a seguir instrucciones o el uso de violencia en contra de estas embarcaciones o aeronaves.
El uso de la fuerza o la violencia en este contexto agrava la pena establecida en el artículo, ya que implica una mayor perturbación de la labor realizada por las fuerzas militares o las embarcaciones y aeronaves autorizadas. Así, aquellos que empleen fuerza o violencia serán castigados con una pena más severa, con una duración mayor de prisión.
Es importante resaltar que las penas establecidas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que correspondan por los delitos cometidos. Esto significa que las consecuencias establecidas en el Artículo 616 quater del Código Penal no reemplazan a las penas por otros delitos que puedan haber sido cometidos en conjunto con la resistencia o desobediencia a buques o aeronaves militares.
Para tenerlo claro y a modo de resumen, el Artículo 616 quater del Código Penal establece las penas de prisión para aquellos que se resisten o desobedecen a buques de guerra, aeronaves militares u otros buques o aeronaves identificables como pertenecientes al Estado español y autorizados para tales fines. Estas penas pueden aumentar si se emplea fuerza o violencia en la conducta. Sin embargo, estas penas no excluyen las consecuencias por otros delitos cometidos en conjunto con la resistencia o desobediencia.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 616 quater del Código Penal?
Para entender cuándo aplicaría el Artículo 616 quater del Código Penal, es importante analizar cada elemento de este artículo de la ley española. En primer lugar, se hace referencia a la resistencia o desobediencia a buques de guerra, aeronaves militares u otros buques o aeronaves que lleven signos claros y sean identificables como pertenecientes al Estado español y autorizados para tales fines.
En este sentido, es fundamental tener en cuenta que la conducta sancionada por este artículo se refiere a aquellas acciones en las que se impide o se obstaculiza la labor de estas embarcaciones o aeronaves en el contexto de la prevención o persecución de delitos. Esto puede incluir desde la negativa a seguir instrucciones hasta el uso de violencia contra estas entidades identificables como pertenecientes al Estado español.
Otro aspecto relevante es la consideración de si en la conducta se emplea fuerza o violencia. En este caso, el artículo establece penas más severas, de diez a quince años de prisión. La razón detrás de esta distinción es que el uso de la fuerza o la violencia implica una mayor gravedad en la interferencia con las actividades de las fuerzas militares y las embarcaciones y aeronaves autorizadas.
Es importante recordar que las penas previstas en el Artículo 616 quater del Código Penal se impondrán independientemente de los delitos cometidos. Esto significa que, en caso de resistencia o desobediencia a buques de guerra o aeronaves militares identificables como pertenecientes al Estado español, las penas establecidas por este artículo se aplicarán junto con las consecuencias por otros posibles delitos.
Ejemplos de aplicación del Artículo 616 quater del Código Penal
- 1. Situación 1: Una persona se niega a obedecer las órdenes de un buque de guerra español que se encuentra realizando labores de prevención de actos ilícitos en aguas territoriales. Esta persona se encuentra obstaculizando las acciones de la embarcación militar, impidiendo así el cumplimiento de sus funciones legales.
- 2. Situación 2: Un individuo utiliza la fuerza para resistirse a ser abordado por una aeronave militar española que tiene la autorización y los signos claros de pertenecer al Estado. Esta acción violenta representa una grave interferencia en las labores de control y seguridad que realiza la aeronave militar, así como un desacato a la autoridad del Estado.
- 3. Situación 3: Un grupo de personas intenta sabotear el funcionamiento de un buque de guerra español, poniendo en riesgo la integridad de la tripulación y la seguridad de la embarcación. Estas acciones de desobediencia y resistencia representan un grave peligro para las funciones legales y operativas de la embarcación militar.
- 4. Situación 4: Durante un operativo de prevención llevado a cabo por una aeronave militar autorizada por el Estado español, un individuo se opone de manera violenta a las instrucciones de la tripulación, poniendo en peligro la efectividad y seguridad de la misión. Esta conducta de resistencia con violencia constituye una grave infracción al Artículo 616 quater del Código Penal.
- 5. Situación 5: Un barco que lleva signos claros de ser propiedad y estar autorizado por el Estado español para realizar operaciones militares, se encuentra con individuos que se resisten activamente a colaborar con las inspecciones y acciones legales requeridas. Esta resistencia obstaculiza el trabajo del buque y su tripulación, violando las disposiciones del Código Penal.