Artículo 616 ter del Código Penal Explicado

Artículo 616 ter del Código Penal Explicado

El que con violencia, intimidación o engaño, se apodere, dañe o destruya una aeronave, buque u otro tipo de embarcación o plataforma en el mar, o bien atente contra las personas, cargamento o bienes que se hallaren a bordo de las mismas, será castigado como reo del delito de piratería con la pena de prisión de diez a quince años.

En todo caso, la pena prevista en este artículo se impondrá sin perjuicio de las que correspondan por los delitos cometidos.

Art. 616 ter CP

¿Qué nos indica el Artículo 616 ter del Código Penal?

El Artículo 616 ter del Código Penal se refiere al delito de piratería y establece las consecuencias penales para aquellos que se apoderen, dañen o destruyan una aeronave, buque u otro tipo de embarcación o plataforma en el mar, o bien atenten contra las personas, cargamento o bienes que se encuentren a bordo de estas.

El Artículo 616 ter del Código Penal: explicación sencilla

En el Artículo 616 ter del Código Penal se aborda el delito de piratería, el cual implica el uso de violencia, intimidación o engaño para apoderarse, dañar o destruir una embarcación o plataforma en el mar, así como atentar contra las personas, cargamento o bienes que se encuentren a bordo de estas.

El artículo establece que el autor de este delito será castigado con una pena de prisión de diez a quince años. Es importante tener en cuenta que esta pena se aplicará sin perjuicio de las que correspondan por otros delitos cometidos, es decir, se suma a las posibles penas por otros delitos relacionados.

La finalidad de esta norma es proteger la seguridad y la integridad de las embarcaciones y plataformas en el mar, así como garantizar la seguridad de las personas, el cargamento y los bienes que se encuentren a bordo. La piratería representa una amenaza significativa para la navegación y el comercio marítimo, y su combate es fundamental para preservar la paz y la seguridad en los mares.

Es importante destacar que el delito de piratería es considerado como un delito de especial gravedad debido a sus consecuencias potencialmente siniestras. La violencia, la intimidación y el engaño utilizados en estos actos representan un peligro para la vida y la seguridad de las personas y pueden tener un impacto significativo en el comercio internacional.

Para tenerlo claro y a modo de resumen, el Artículo 616 ter del Código Penal establece las penas para aquellos que cometan delitos de piratería en el mar. Se considera un delito de especial gravedad debido a las potenciales consecuencias que conlleva. Su objetivo principal es salvaguardar la seguridad y la integridad de las embarcaciones, así como la protección de las personas, el cargamento y los bienes a bordo.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 616 ter del Código Penal?

El Artículo 616 ter del Código Penal se aplica en casos en los que una persona utiliza violencia, intimidación o engaño para apoderarse, dañar o destruir una aeronave, buque u otro tipo de embarcación o plataforma en el mar. También se aplica cuando se atenta contra las personas, cargamento o bienes que se encuentren a bordo de estas embarcaciones o plataformas.

Violencia: Se refiere al uso de la fuerza física para cometer el delito. Puede implicar agresiones físicas contra las personas a bordo o daños materiales graves en la embarcación.

Intimidación: Se trata de generar miedo en las personas a bordo con el objetivo de obtener el control de la aeronave, buque u otra embarcación. Puede incluir amenazas de violencia o daños.

Engaño: Consiste en utilizar artimañas o mentiras para engañar a las personas a bordo y así cometer el delito. Puede implicar falsas promesas o información engañosa para lograr el control de la embarcación o plataforma.

Es importante tener en cuenta que el Artículo 616 ter del Código Penal establece penas de prisión de diez a quince años para los culpables de estos actos. La finalidad de esta norma es proteger la seguridad y la integridad de las embarcaciones y plataformas en el mar, así como garantizar la seguridad de las personas, cargamento y bienes a bordo.

Ejemplos de aplicación del Artículo 616 ter del Código Penal

  • Abordaje de un barco para apoderarse de mercancía: En caso de que un grupo de individuos aborde un barco en alta mar utilizando violencia o intimidación, con el objetivo de apoderarse de la mercancía que transporta, estarían cometiendo el delito de piratería según el Artículo 616 ter del Código Penal.
  • Destrucción de una plataforma petrolífera con violencia: Si un individuo utiliza explosivos u otro medio violento para destruir una plataforma petrolífera en el mar, poniendo en peligro la vida de las personas que se encuentran a bordo, estaría infringiendo el Artículo 616 ter del Código Penal.
  • Secuestro de una embarcación para exigir rescate: En el caso de que un grupo de personas secuestre una embarcación con la intención de exigir un rescate a cambio de liberarla, estarían cometiendo el delito de piratería y serían sancionados de acuerdo con el Artículo 616 ter del Código Penal.
  • Atentado contra la tripulación de un buque: Si un individuo amenaza o atenta físicamente contra la tripulación de un buque en alta mar, con el propósito de causar daño o tomar el control de la embarcación, estaría violando el Artículo 616 ter del Código Penal.
  • Incendio intencionado en un barco de pasajeros: En el caso de que alguien provoque un incendio intencionado en un barco de pasajeros con el objetivo de causar daños materiales o poner en riesgo la vida de los ocupantes, estaría involucrado en un acto de piratería de acuerdo con el Artículo 616 ter del Código Penal.

Estos ejemplos ilustran situaciones en las cuales el Artículo 616 ter del Código Penal podría aplicarse, en función de la comisión de actos de violencia, intimidación o engaño en relación con embarcaciones, aeronaves o plataformas en el mar. Es importante tener en cuenta que la piratería es un delito de gravedad que pone en peligro la seguridad y la vida de las personas, así como la integridad de las embarcaciones y el comercio marítimo en general.

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