Cuando el testigo, perito o intérprete, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años.
Art. 460 CP
¿Qué nos indica el Artículo 460 del Código Penal?
El Artículo 460 del Código Penal establece las consecuencias penales para aquellos testigos, peritos o intérpretes que, sin violar sustancialmente la verdad, distorsionen los hechos al retener información relevante, dar inexactitudes o silenciar datos importantes que sean de su conocimiento.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, este artículo busca sancionar a aquellas personas que, teniendo la obligación de decir la verdad en un proceso judicial, manipulen los hechos omitiendo información relevante o dándola de forma inexacta.
El Artículo 460 del Código Penal: explicación sencilla
En términos sencillos, el artículo establece que cualquier persona que sea llamada como testigo, perito o intérprete en un proceso judicial, y que tenga conocimiento de hechos o datos relevantes para ese proceso, está obligada a decir la verdad completa y sin distorsiones. Si esta persona incumple la obligación de decir la verdad, pero sin llegar a faltar sustancialmente a ella, es decir, sin decir una mentira directa, pero omitiendo información relevante o dando información inexacta, podría ser sancionada.
Es importante recalcar que el incumplimiento debe ser sustancial, es decir, debe haber una alteración significativa en la información proporcionada. Por lo tanto, si la alteración es de poca relevancia o no afecta de manera considerable a la verdad de los hechos, no se estaría incurriendo en el delito previsto en este artículo.
La sanción prevista para este delito es una pena de multa, que puede oscilar entre seis y doce meses. Además, en aquellos casos en los que la persona sancionada ocupe un empleo, cargo público, profesión u oficio, también podría ser suspendida en dicha función o actividad por un periodo de tiempo, que puede ir desde los seis meses hasta los tres años.
En conclusión, el Artículo 460 del Código Penal tiene como objetivo garantizar la veracidad y la integridad de los testimonios, peritajes y traducciones en los procedimientos judiciales. Establece las consecuencias legales para aquellos que, sin faltar esencialmente a la verdad, manipulen la información, distorsionen los hechos o omitan datos relevantes, con el fin de asegurar la imparcialidad y la justicia en el sistema legal.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 460 del Código Penal?
El Artículo 460 del Código Penal se aplicaría en aquellos casos en los que un testigo, perito o intérprete participen en un proceso judicial y, sin faltar sustancialmente a la verdad, distorsionen la información al retener datos relevantes, dar inexactitudes o silenciar hechos importantes que fueran de su conocimiento.
Es importante tener claro que la manipulación de la información debe ser significativa, es decir, debe haber una alteración relevante en los hechos o datos proporcionados. Esto significa que si la omisión de información o la inexactitud en la misma no afecta de manera considerable a la verdad de los hechos, no estaríamos hablando de una infracción al Artículo 460 del Código Penal.
La sanción prevista para este delito es una pena de multa, que puede oscilar entre seis y doce meses. Además, la persona sancionada podría enfrentar la suspensión de su empleo, cargo público, profesión u oficio por un periodo de tiempo que va desde los seis meses hasta los tres años.
Ejemplos de aplicación del Artículo 460 del Código Penal
- Testigo que omite información relevante: Imagine un testigo que presenció un accidente de tráfico y durante su testimonio omite mencionar que la luz del semáforo estaba en rojo para el conductor que causó el accidente. Aunque no miente directamente, al omitir este dato crucial, estaría contraviniendo el Artículo 460 del Código Penal.
- Perito que da información inexacta: En un caso de valoración de daños en una propiedad, un perito podría deliberadamente proporcionar una valoración incorrecta con el objetivo de beneficiar a una de las partes. Aunque la información no es falsa en su totalidad, al ser inexacta, el perito estaría infringiendo este artículo.
- Intérprete que silencia hechos relevantes: Supongamos que durante un juicio un intérprete omite traducir correctamente una declaración crucial que incrimina al acusado. Aunque no falte directamente a la verdad, al silenciar este dato relevante, estaría violando el Artículo 460 del Código Penal.
- Testigo que distorsiona los hechos: En una disputa familiar, un testigo puede distorsionar los hechos para favorecer a una de las partes, exagerando lo ocurrido o tergiversando la secuencia de eventos. Aunque no mienta directamente, al alterar los hechos de manera sustancial, estaría incumpliendo este artículo.
- Perito que retiene información relevante: En un caso médico, un perito podría retener información clave sobre la condición de un paciente, lo cual podría ser determinante para el resultado del juicio. Al no proporcionar toda la verdad en su informe pericial, estaría vulnerando el Artículo 460 del Código Penal.