A los cómplices de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito.
Art. 63 CP
¿Qué nos indica el Artículo 63 del Código Penal?
El artículo 63 del Código Penal establece la pena que se impone a los cómplices de un delito consumado o intentado. Para tenerlo claro y a modo de síntesis, indica que a los cómplices se les impondrá una pena inferior en grado a la fijada para los autores del mismo delito.
Ahora, vamos a analizar y explicar cada palabra clave del artículo para comprenderlo en profundidad:
- Cómplices: Los cómplices son aquellas personas que, de alguna manera, participan en la comisión de un delito junto con el autor o autores del mismo. Pueden ser considerados cómplices aquellos que colaboran de forma activa o pasiva en la ejecución del delito.
- Delito consumado: Se considera delito consumado aquel en el que se han realizado todos los actos necesarios para su cometimiento y se han alcanzado los resultados previstos en la legislación penal. En otras palabras, el delito consumado es aquel que ya ha sido completamente ejecutado.
- Delito intentado: Se trata de un delito en el que el autor ha llevado a cabo actos necesarios para su comisión, pero no ha logrado completarlo por circunstancias ajenas a su voluntad. Es decir, el autor ha intentado cometer el delito pero no lo ha consumado.
- Pena inferior en grado: La pena inferior en grado es aquella que se sitúa un nivel por debajo de la pena establecida por la ley para los autores del mismo delito. Esto implica que la pena impuesta a los cómplices será menor que la que se impondría a los autores.
El Artículo 63 del Código Penal: explicación sencilla
En términos más sencillos, el artículo 63 del Código Penal establece que a las personas que colaboran en la comisión de un delito, ya sea de forma activa o pasiva, se les impondrá una pena menor en comparación con la que se impone a los autores del delito. Además, este artículo distingue entre delito consumado y delito intentado, aplicando el mismo principio de una pena inferior al cómplice en grado.
Es importante destacar que este artículo tiene como objetivo fomentar la delación y la colaboración con la justicia. Al imponer una pena menor a los cómplices, se incentiva a que estos colaboren con las autoridades y faciliten la identificación y condena de los autores principales del delito. Esta medida busca premiar la cooperación, aunque también puede generar debates y críticas respecto a la proporcionalidad de las penas.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 63 del Código Penal?
El Artículo 63 del Código Penal se aplica en aquellos casos en los que se encuentren cómplices en la comisión de un delito, ya sea consumado o intentado. Es importante tener claro que los cómplices son aquellas personas que colaboran de alguna forma en la realización del delito, ya sea de forma activa o pasiva.
En primer lugar, es fundamental entender la diferencia entre un delito consumado y un delito intentado. Un delito consumado es aquel en el que se han realizado todos los actos necesarios para su comisión y se han alcanzado los resultados previstos. Por otro lado, un delito intentado es aquel en el que se han realizado actos para cometer el delito, pero este no se ha consumado.
En el caso de los cómplices de un delito consumado o intentado, se les impondrá una pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito. Esto significa que la pena que se impondrá a los cómplices será menor que la que se impondría a los autores del delito. Es importante tener en cuenta que esta medida busca fomentar la colaboración con la justicia y la identificación de los responsables principales.
Ejemplos de aplicación del Artículo 63 del Código Penal
- Robo con intimidación: En un robo con intimidación, el autor principal entra en un establecimiento con un arma y amenaza a los presentes para robar dinero y objetos de valor. Si una persona colabora en la planeación del robo pero no participa activamente en la intimidación, se le podrá imponer una pena inferior en grado según el Artículo 63 del Código Penal.
- Tráfico de drogas: En un caso de tráfico de drogas, los cómplices pueden ser aquellas personas que facilitan la logística de transporte, almacenamiento o venta de sustancias ilícitas. Si se demuestra su participación en el delito, se les podría aplicar una pena inferior en grado a la de los traficantes principales.
- Estafa: En una estafa, un grupo de personas colabora para engañar a terceros y obtener un beneficio económico injusto. Si alguno de los cómplices no tiene un rol activo en la ejecución del engaño pero participa en la planeación, se le podría imponer una pena menor en virtud del Artículo 63 del Código Penal.
- Secuestro: En un caso de secuestro, los cómplices pueden ser aquellos que colaboran en la retención de la víctima sin ser los autores intelectuales del delito. Si se demuestra su participación en el secuestro, se les podría aplicar una pena inferior en grado de acuerdo al Artículo 63 del Código Penal.
- Fraude fiscal: En un caso de fraude fiscal, los cómplices pueden ser aquellas personas que ayudan en la ocultación de ingresos o la creación de sociedades ficticias para evadir impuestos. Si se demuestra su participación en el fraude, se les podría aplicar una pena menor en comparación con los responsables directos según el Artículo 63 del Código Penal.
Estos son solo algunos ejemplos en los que el Artículo 63 del Código Penal podría ser aplicado. Es importante comprender que la colaboración en un delito, ya sea de forma activa o pasiva, puede acarrear consecuencias legales en virtud de este artículo. Es fundamental conocer los términos y principios de la legislación para evitar incurrir en responsabilidades penales.