Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrán las siguientes penas:
a) Multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del perjuicio causado cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de dos años de privación de libertad.
b) Multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del perjuicio causado si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos.
Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.
Art. 328 CP
¿Qué nos indica el Artículo 328 del Código Penal?
El Artículo 328 del Código Penal establece las penas aplicables a las personas jurídicas en caso de ser responsables de delitos contemplados en el Capítulo correspondiente.
En primer lugar, debemos prestar atención a la frase inicial del artículo donde se hace referencia al artículo 31 bis. Esta remisión nos indica que este artículo se aplica cuando una persona jurídica es imputada por un delito, en lugar de una persona física. Es importante tener en cuenta que en la legislación española, una persona jurídica puede ser objeto de imputación penal cuando comete acciones delictivas, es decir, la empresa en sí puede ser considerada responsable y ser objeto de sanción.
A continuación, el Artículo 328 establece que la pena impuesta a la persona jurídica dependerá de la pena prevista para una persona física en el caso de cometer el mismo delito. Si la pena para una persona física es superior a dos años de privación de libertad, la persona jurídica podrá enfrentar una multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del perjuicio causado si el perjuicio resultante es mayor.
En caso de que la pena prevista para una persona física no supere los dos años de privación de libertad, la persona jurídica se enfrentaría a una multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del perjuicio causado si el perjuicio resultante es mayor.
Es relevante mencionar el artículo 66 bis, que establece las reglas para la determinación de la pena. De acuerdo con estas reglas, los jueces y tribunales pueden imponer a la persona jurídica las mismas penas establecidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.
El Artículo 328 del Código Penal: explicación sencilla
En términos sencillos, el Artículo 328 del Código Penal establece las penas que pueden ser impuestas a las empresas en caso de que sean responsables de la comisión de un delito.
Cuando una persona jurídica comete un delito recogido en el Código Penal, esta puede ser objeto de sanción penal y recibir una multa. La cantidad de la multa depende de la pena prevista para una persona física que haya cometido el mismo delito. Si la pena para la persona física supera los dos años de privación de libertad, la multa para la persona jurídica puede ser de uno a tres años, o del doble al cuádruple del perjuicio causado. En caso de que la pena para la persona física no supere los dos años de privación de libertad, la multa para la persona jurídica puede ser de seis meses a dos años, o del doble al triple del perjuicio causado.
Es importante tener en cuenta que, además de la multa, los jueces y tribunales pueden imponer otras penas a la persona jurídica de acuerdo con el artículo 66 bis. Estas penas pueden incluir, por ejemplo, la disolución de la empresa o la suspensión de sus actividades.
Para tenerlo claro y a modo de síntesis, el Artículo 328 del Código Penal establece las penas aplicables a las personas jurídicas en caso de ser responsables de delitos. La cuantía de la multa depende de la pena prevista para una persona física que haya cometido el mismo delito y los jueces y tribunales pueden imponer otras penas adicionales. Es importante para las empresas cumplir con la ley y evitar incurrir en conductas delictivas que puedan poner en peligro su continuidad y reputación.
¿Cuándo aplicaría el Artículo 328 del Código Penal?
El Artículo 328 del Código Penal se aplicaría en aquellos casos en los que una persona jurídica, es decir, una empresa o entidad legal, sea considerada responsable de la comisión de un delito. Es importante tener en cuenta que las empresas también pueden ser objeto de imputación penal y enfrentar consecuencias legales por sus acciones.
En primer lugar, es necesario que la persona jurídica haya cometido un delito que esté contemplado en el Capítulo correspondiente del Código Penal. Esto significa que el acto ilícito realizado por la empresa debe estar tipificado como delito en la legislación vigente.
Además, para que se aplique el Artículo 328, es fundamental que la pena prevista para una persona física que hubiera cometido el mismo delito sea de más de dos años de privación de libertad. En este caso, la persona jurídica podría enfrentar una multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del perjuicio causado, si el perjuicio resultante es mayor.
Por otro lado, si la pena prevista para una persona física no supera los dos años de privación de libertad, la empresa podría enfrentar una multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del perjuicio causado, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.
Es importante que las empresas conozcan las implicaciones del Artículo 328 del Código Penal y cumplan con la normativa legal vigente para evitar incurrir en conductas delictivas que puedan acarrear consecuencias graves para su actividad empresarial.
Ejemplos de aplicación del Artículo 328 del Código Penal
- 1. Fraude fiscal: Cuando una empresa comete fraude fiscal, es decir, evita pagar los impuestos correspondientes de manera fraudulenta, puede ser objeto de responsabilidad penal según el Artículo 328 del Código Penal. La empresa podría enfrentar una multa de acuerdo con la pena prevista para una persona física que cometa este delito.
- 2. Blanqueo de capitales: Si una persona jurídica se ve implicada en actividades de blanqueo de capitales, es decir, la acción de dar apariencia de legalidad a fondos obtenidos a través de actividades ilícitas, también podría ser sancionada bajo el Artículo 328. La empresa podría enfrentar una multa proporcional a la gravedad del delito.
- 3. Corrupción empresarial: En casos de corrupción empresarial, donde una empresa soborna a funcionarios públicos o comete actos de corrupción para obtener beneficios ilícitos, el Artículo 328 del Código Penal puede aplicarse para imponer sanciones a la empresa culpable. La multa dependerá de la gravedad del delito cometido.
- 4. Explotación laboral: Si una empresa se ve involucrada en casos de explotación laboral, como el trabajo infantil o el incumplimiento de normas de seguridad laboral, el Artículo 328 puede ser invocado para imponer sanciones a la persona jurídica responsable. La multa será determinada en función de la gravedad de la situación.
- 5. Delitos medioambientales: En situaciones donde una empresa contamine el medio ambiente de forma ilícita o incumpla normativas ambientales, el Artículo 328 del Código Penal puede ser utilizado para sancionar a la empresa con una multa proporcional a la gravedad del daño ambiental causado.