Artículo 241 del Código Penal Explicado

Artículo 241 del Código Penal Explicado

1. El robo cometido en casa habitada, edificio o local abiertos al público, o en cualquiera de sus dependencias, se castigará con una pena de prisión de dos a cinco años.

Si los hechos se hubieran cometido en un establecimiento abierto al público, o en cualquiera de sus dependencias, fuera de las horas de apertura, se impondrá una pena de prisión de uno a cinco años.

2. Se considera casa habitada todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar.

3. Se consideran dependencias de casa habitada o de edificio o local abiertos al público, sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicación interior con él, y con el cual formen una unidad física.

4. Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión cuando los hechos a que se refieren los apartados anteriores revistan especial gravedad, atendiendo a la forma de comisión del delito o a los perjuicios ocasionados y, en todo caso, cuando concurra alguna de las circunstancias expresadas en el artículo 235.

Art. 241 CP

¿Qué nos indica el Artículo 241 del Código Penal?

El Artículo 241 del Código Penal establece las penas para el delito de robo cometido en una casa habitada, un edificio o local abierto al público, así como en cualquiera de sus dependencias. Este artículo se divide en varios apartados que definen los elementos clave del delito de robo y las circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena.

El Artículo 241 del Código Penal: explicación sencilla

El Artículo 241 del Código Penal se refiere al delito de robo cometido en diferentes lugares. Establece que si el robo ocurre en una casa habitada, un edificio o local abierto al público, o en cualquiera de sus dependencias, se castigará con una pena de prisión de dos a cinco años. Es importante destacar que se considera casa habitada a cualquier lugar donde viva una o más personas, incluso si no se encuentran presentes en el momento del robo.

Si el robo se lleva a cabo en un establecimiento abierto al público, o en cualquiera de sus dependencias, pero fuera de las horas de apertura, la pena será de uno a cinco años de prisión. Este apartado busca proteger la seguridad de los locales comerciales o lugares de atención al público cuando no hay presencia de clientes o empleados.

El artículo también define qué se considera dependencias de una casa habitada, edificio o local abierto al público. Esto incluye los patios, garajes y otros departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio que estén en comunicación interior con él y formen una unidad física. Esto amplía la protección legal a estos espacios que pueden estar conectados con la vivienda o el edificio principal.

Además, el artículo establece que cuando los hechos descritos anteriormente revistan una especial gravedad, ya sea por la forma en que se cometió el delito, los perjuicios ocasionados o la presencia de circunstancias agravantes enumeradas en el artículo 235, se impondrá una pena de dos a seis años de prisión. Esto permite que los jueces consideren la gravedad de cada caso y ajusten la pena en consecuencia.

Para tenerlo claro y a modo de conclusión, el Artículo 241 del Código Penal establece las penas para el delito de robo en diferentes tipos de establecimientos y dependencias. Es importante destacar que este artículo busca proteger tanto a las personas como a los establecimientos comerciales, garantizando la seguridad y la tranquilidad en los espacios habitados y abiertos al público. Es fundamental tener en cuenta las circunstancias específicas de cada caso para determinar la pena adecuada.

¿Cuándo aplicaría el Artículo 241 del Código Penal?

El Artículo 241 del Código Penal se aplica cuando se comete el delito de robo en una casa habitada, un edificio o local abierto al público, o en cualquiera de sus dependencias. Es importante aclarar que el robo se refiere a la acción de apoderarse de bienes ajenos con ánimo de lucro, sin la autorización de su propietario.

En primer lugar, se considera casa habitada a cualquier lugar donde resida una o más personas, incluso si en el momento del robo están ausentes. Esto amplía la protección legal a los espacios donde se desarrolla la vida cotidiana de las personas.

Por otro lado, las dependencias de una casa habitada, edificio o local abierto al público incluyen los patios, garajes y otros espacios cercados y contiguos que estén conectados físicamente con el edificio principal. Esto se hace para garantizar la seguridad de todas las áreas que formen parte de la vivienda o el establecimiento comercial.

Si el robo ocurre en un establecimiento abierto al público, fuera de las horas de apertura, la pena puede ser de uno a cinco años de prisión. Esta medida busca proteger la integridad de los locales comerciales cuando no hay presencia de clientes o empleados que puedan prevenir el robo.

Además, si los hechos revisten especial gravedad, ya sea por la forma en la que se cometió el delito o los perjuicios ocasionados, la pena puede ser de dos a seis años de prisión. Esto se aplica cuando existen circunstancias agravantes, como las detalladas en el artículo 235 del Código Penal.

Ejemplos de aplicación del Artículo 241 del Código Penal

  • Robo en una vivienda habitual: Cuando una persona irrumpe en una casa donde residen habitantes y sustrae objetos de valor, como joyas o dinero, se estaría cometiendo un robo en una vivienda habitual. La pena por este delito puede ir de dos a cinco años de prisión, según lo establecido en el Artículo 241 del Código Penal.
  • Robo en un local comercial durante horario de apertura: Si un individuo comete un robo en un establecimiento abierto al público, como una tienda o un restaurante, durante las horas de apertura, se estaría en presencia de un delito contemplado en el Artículo 241. En este caso, la pena puede ser de uno a cinco años de prisión.
  • Robo en un garaje anexo a una vivienda: Si una persona entra en un garaje cercano a una casa habitada y roba herramientas, bicicletas u otros objetos, también estaría infringiendo el Artículo 241 del Código Penal. Los garajes son considerados dependencias de una vivienda habitual, por lo que el delito estaría castigado con prisión de dos a cinco años.
  • Robo en un hotel o alojamiento turístico: Cuando se produce un robo en una habitación de hotel, apartamento turístico u otro establecimiento de alojamiento, se estaría cometiendo un delito de robo en un lugar abierto al público. La pena por este tipo de robo puede ser de uno a cinco años de prisión, según lo establecido en el Artículo 241.
  • Robo en un restaurante fuera del horario de apertura: Si alguien ingresa a un restaurante o establecimiento de comida cuando está cerrado al público y sustrae objetos o alimentos, estaría incurriendo en un delito contemplado en el Artículo 241 del Código Penal. En estos casos, la pena puede ser de uno a cinco años de prisión por robo en un lugar abierto al público fuera del horario de apertura.
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